REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
Expediente N° 8511-2004
Tucupita, Veinte (20) Diciembre de dos mil Cinco
195º y 146º
Vista la diligencia anterior fechada 19 de diciembre de 2005, suscrita por los ciudadanos EDUARDO RAFAEL MEJIAS MARCANO y ELEVIC DEL CARMEN ROSAS DICURU, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad N° 15.335.769 y 13.263.577 respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio MARILENA GARCIA YANEZ, inscrita el Inpreabogado bajo el 26.357, en la cual solicita se decrete Extinguida la Separación de Cuerpos decretada por este Tribunal en fecha 26-11-2004, por haber ocurrido la Reconciliación entre ambos.REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
Expediente N° 8511-2004
Tucupita, Veinte (20) Diciembre de dos mil Cinco
195º y 146º
Vista la diligencia anterior fechada 19 de diciembre de 2005, suscrita por los ciudadanos EDUARDO RAFAEL MEJIAS MARCANO y ELEVIC DEL CARMEN ROSAS DICURU, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad N° 15.335.769 y 13.263.577 respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio MARILENA GARCIA YANEZ, inscrita el Inpreabogado bajo el 26.357, en la cual solicita se decrete Extinguida la Separación de Cuerpos decretada por este Tribunal en fecha 26-11-2004, por haber ocurrido la Reconciliación entre ambos. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Extinguida la Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos EDUARDO RAFAEL MEJIAS MARCANO y ELEVIC DEL CARMEN ROSAS DICURU, antes identificados, se ordena el archivo del expediente signado con el N° 8511-2004. Expídase por Secretaria las copias (2) fotostáticas certificadas, de la diligencia y del presente auto. Así se decide.
La Juez Temporal,
Dra. ZURIMA JOSEFINA FERMIN DIAZ
El Secretario,
Abg. LUIS ARGENIS MARCANO SARABIA
En esta misma fecha constante de (13) folios útiles se archivo el expediente y se expidieron las copias solicitadas. Conste.
Secretario
ZJFD/iraida
Exp. 8511-2004