REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO y BANCARIO LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO.

Jurisdicción Civil.
Expediente N° 8560-2005.

Tucupita, Diecinueve de Octubre de Dos Mil Cinco.
195° y 146°

DEMANDANTE: MARIA TERESA HIDALGO, venezolana, mayor de edad, cedula de identidad N° 9.984.230, Abogada en ejercicio. Inpreabogado N° 88.095, en nombre y representación de la ciudadana YELITZA COROMOTO SARAGOZA GUILARTE, venezolana, mayor de edad, soltera, cédula de identidad N° 12.153.347.

DEMANDADO: JOSE ANGEL RONDON CARDOZO, venezolano, mayor de edad, casado, cédula de identidad N° 5.392.804.

MOTIVO: INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS.

Visto el escrito anterior presentado en fecha 18 de Octubre de 2005, por la ciudadana YELITZA COROMOTO SARAGOZA GUILARTE, venezolana, mayor de edad, soltera, cédula de identidad N° 12.153.347, asistida por la Abogada en ejercicio ZORIELYS CAMEJO, Inpreabogado N° 113.025, mediante el cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, de Indemnización de Daños y Perjuicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 Código de Procedimiento Civil y para lo cual no será requerido el consentimiento de la parte contraria de acuerdo a lo establecido en el artículo 265 ejusdem, ya que no hubo acto de contestación de la demanda; este Tribunal por cuanto el pedimento no es contrario a derecho, conforme a lo establecido en el contenido del artículo 263 Código de Procedimiento Civil, se HOMOLOGA, el presente desistimiento y se declara SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, en el presente juicio por INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, seguido por la ciudadana MARIA TERESA HIDALGO, venezolana, mayor de edad, cedula de identidad N° 9.984.230, Abogada en ejercicio. Inpreabogado N° 88.095, en nombre y representación de la ciudadana YELITZA COROMOTO SARAGOZA GUILARTE, venezolana, mayor de edad, soltera, cédula de identidad N° 12.153.347, contra el ciudadano JOSE ANGEL RONDON CARDOZO, venezolano, mayor de edad, casado, cédula de identidad N° 5.392.804.
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada en el copiador de sentencias respectivo.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho, del Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, Transito, Agrario, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita, a los Diecinueve (19) días del mes de Octubre del año Dos Mil Cinco (2005). Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

La Juez Temporal,

Dra. ZURIMA JOSEFINA FERMIN DIAZ.

El Secretario Temporal,

Abg. GIOVANNI G. SOSA M.
En esta misma fecha se archivó el presente expediente constante de ( ) folios útiles. CONSTE.

Secretario Temp.


ZJFD/roilena.