SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control interpuesta por el Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Publico Abg. Obnil Hernández, a favor de Noel Alexander González Boada, Titular de la cedula de identidad numero 15.785.327, residenciado en la vía Tucupita el Cierre, Sector la Carrotas, ventorrillo, calle y casa s/n, de esta Ciudad conforme al artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión del delito desvalijamiento de Vehículo en grado de frustración previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores en perjuicio del ciudadano José Guillermo Martínez González , y a quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito ut supra calificado, ya que a pesar de la falta de certeza no existe la posibilidad de incorporar no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona, y menos al referido imputado de autos.

El Tribunal para decidir OBSERVA: que las presentes actuaciones se inician el 02/05/2005, por cuanto fue aprehendido el Imputado, por funcionarios adscritos a la Policía del Estado Delta Amacuro, siendo aproximadamente las 4 horas de la mañana del día 2 de mayo de 2.004, en las adyacencias del lugar conocido como Hacienda del Medio, siendo señalado por violentar presuntamente un Vehículo propiedad de la ciudadana Maria Guerrero, quien había visto presuntamente al imputado momentos antes tratar de desvalijar su vehículo, el cual se encontraba estacionado en su residencia ubicada en la vereda numero 10, casa 11, del mismo sector, motivo por el cual fue aprehendido por los funcionarios policiales en las cercanías del referido lugar, posteriormente en el desarrollo de la investigación por parte del Ministerio Publico, se determino la carencia de elementos de convicción, para aseverar la Autoría o participación del imputado In comento, en la comisión del hecho delictivo y pesar de la falta de certeza no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona, y menos al referido imputado de autos.. Así se declara.

Analizado como ha sido por este Tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano Noel Alexander González Boada, plenamente identificado en autos, fundamentada en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se ordena el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, decretada por este Tribunal en Audiencia de Presentación de fecha 5 de mayo de 2.004. Así se decide.

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano Noel Alexander González Boada, de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.

El Juez Primero de Control

EL Secretario

Abg. Pablo David Indriago Maita Abg. Luis Caraballo García.