REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito
Judicial Penal del Estado Delta Amacuro
Tucupita, 4 de Abril de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-S-2004-000979
ASUNTO : YP01-D-2005-000014

ACTA DE AUDIENCIA PARA OIR AL IMPUTADO.

En el día hoy, Martes 04 de Abril de 2006, siendo las 10:30 horas de la mañana, se constituyó el Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes, a puertas cerradas en la Sala de Audiencias Número 03 de este Circuito Judicial Penal, a los fines de realizar Audiencia en el presente asunto, para oír al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, de conformidad con lo establecido en el articulo 542 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de que informe a este Tribunal las razones por las cuales no se esta cumpliendo con la sanción Impuesta por el Tribunal. Seguidamente la ciudadana Jueza Abg. NALLIBE BONITO FIGUEROA, le solicitó a la Secretaria de Sala verificar la presencia de las partes, quien informó que en la Sala de Audiencias se encuentran presentes el Fiscal Quinto del Ministerio Público de este Estado, representado en este acto por el Abg. Ermilo Dellan Cotua, la Ciudadana Defensora Pública Penal de Adolescentes Abg. LEDA MEJÍAS NUÑEZ, IDENTIDAD OMITIDA, así como también la representante legal del Joven Adulto sancionado ciudadana IDENTIDAD OMITIDA. Seguidamente la ciudadana Jueza informó al Adolescente las razones por las cuales se estaba realizando la Presente audiencia y la obligación que tiene de cumplir con la sanción impuesta, la cual es de Ocho meses de Libertada Asistida, cada 15 días y las consecuencias del Incumplimiento de la misma. Acto continuó lo interrogó sobre cuales fueron las razones para el Incumplimiento de la Sanción y lo impuso del Precepto Constitucional establecido en el articulo 49 Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a continuación el Joven adulto manifestó: “Yo estoy haciendo curso de Procesamiento Carnico, procesar Charcutería. Vivo en Hacienda del Medio. No había Cumplio’ porque yo estaba detenio’ y después me fui con mi abuela pero yo empezaré a cumplir, me comprometo, ya fuimos con la trabajadora social y mi mama también fue. Yo no he ido al Corecuid, yo estuve trabajando en el BANFOANDES cuando lo estaban haciendo, es todo”. Seguidamente se le concedió la Palabra a la Representante del Adolescente Ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, quien manifestó: “Si es verdad el estaba detenio’ y después se fié con su abuela pero se compromete a cumplir, fuimos con la trabajadora social. El estuvo trabajando en el BANFOANDES cuando lo estaban haciendo, el se esta portando bien, es todo”. Seguidamente se el concedió la palabra a la Defensa quien manifestó que el Centro Vida Abundante fue serrado e instó al Adolescente a Cumplir con la Sanción Impuesta y solicitó copias simples de la presente acta, es todo. Acto seguido se le concedió la palabra al Fiscal del Ministerio Publico, quien manifestó: “Solicito al Tribunal que insta al Adolescente a Cumplir con la Sanción impuesta y que se le advierta al Joven adulto sobre las consecuencias del Incumplimiento de la Sanción, es todo”. Acto seguido la ciudadana Jueza, llamó la atención del Adolescente sobre la obligación que tiene de cumplir con la sanción impuesta, de Libertada Asistida y las consecuencias del Incumplimiento de la misma, asimismo realizo charla dirigida al mismo sobre lo que es el buen comportamiento de las personas para que estos puedan ser personas de bien. Seguidamente la ciudadana Juez La Jueza ordenó oficiar al Medico Psiquiatra a los fines de que se le realice al Adolescente una valoración psiquiatrita. Se ordenó igualmente remitir copia del Informe social cursante a los folios 211 al 215, de la Presente causa a la Coordinación de Libertad Asistida a los fines de que se tome en consideración las recomendaciones hechas por la Trabajadora social. Se acuerdan las copias solicitadas por la defensa, es todo terminó, siendo las 10:30, horas de la mañana, se da por terminada la presente Audiencia. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Única de Ejecución
Abg. Nallibe Bonito Figueroa.
Fiscal 5° del Ministerio Público,
Abg. Ermilo Dellan Cotua.

Defensor.
Abg. Leda Mejias Nuñez.

Joven Adulto.
IDENTIDAD OMITIDA
Alguacil de sala.