REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO.
Tucupita, siete (7) de Abril de Dos Mil Seis (2006).
195° y 147°
Vista la inhibición planteada por el ciudadano LUIS ARGENIS MARCANO SARABIA, titular de la cédula de identidad N° 13.403.013, Abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.270, en su condición de Secretario Titular de este Juzgado, fundamentada en el artículo 82, ordinal 1 del Código de Procedimiento Civil. Quien aquí decide, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se declara con lugar la Inhibición planteada por el secretario Titular de este Juzgado, en consecuencia se designa como secretaria Accidental para que actúe solicitud de Titulo Supletorio, del ciudadano RAFAEL ARCANGEL SARABIA RODRIGUEZ, cédula de identidad N° 1.150.609, así como el escrito de Oposición hecho por el ciudadano APARICIO SARABIA RODRIGUEZ, cédula de identidad N° 2.743.878, a la ciudadana IRAIDA FIGUEROA DE HENRIQUEZ, titular de la cédula de identidad Número 8.925.6l9, quien se desempeña como Auxiliar de Secretaría de este Despacho, a quien se acuerda juramentar.
La Juez Temporal,
Dra. ZURIMA JOSEFINA FERMIN DIAZ