REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE L.O.P.N.A

ASUNTO PRINCIPAL : YV01-S-2001-000003
ASUNTO : YV01-S-2001-000003
RESOLUCION : 2C-0072-06
AUTO DE AVOCAMIENTO Y RATIFICANDO ORDEN DE LOCALIZACION

De la revisión del presente asunto se verificó que hasta la presente fecha no se han obtenido resultas de la Policía del Estado Delta Amacuro y de la Policía Municipal, con respecto a la orden de localización ordenada en fecha 08/07/2002, a los fines de su comparecencia a los actos procesales correspondientes al presente asunto, garantizándole su dignidad y derechos constitucionales; en consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL N° 02 DE LA SECCION PENAL DE ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Este Tribunal se avoca al conocimiento del presente asunto y se ratifica la orden de localización de fecha 08/07/2002, del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal (vigente para el momento de suceder el hecho), en perjuicio de Rosalía Marcano, a la Policía del Estado Delta Amacuro y a la Policía Municipal, una vez localizado recluirlo en la Entidad de Atención Socioeducativa Varones del Inam, Tucupita, a los fines de que lo hagan comparecer a este Tribunal a los fines de su asistencia a los actos procesales fijados por este Tribunal, de conformidad con el Artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por expresa remisión del artículo 537 ejusdem, igualmente se le hace conocimiento que debe respetarse su dignidad, y derechos constitucionales de conformidad con los artículos 538 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Líbrese boletas de notificación a la Fiscal Quinto del Ministerio Público, Abog. VILMA VALERO y a la Defensora Pública Sección de Adolescente, Abog. LEDA MEJIAS NUÑEZ. Líbrense los correspondientes oficios a los cuerpos policiales y la Boleta de Localización. CUMPLASE.
LA JUEZA SUPLENTE ESPECIAL,


ABG. MAYURI SALAZAR ROMERO
LA SECRETARIA,


ABG. TERESA RODRIGUEZ