REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE L.O.P.N.A
ASUNTO PRINCIPAL : YV01-D-2001-000004
ASUNTO : YV01-D-2001-000004
RESOLUCION : 2C-0073-06
AUTO RATIFICANDO LOCALIZACION
De la revisión del presente asunto se verificó que hasta la presente fecha no se han obtenido resultas de los cuerpos policiales DISIP y CICPC, con respecto a la ratificación de orden de localización ordenada en fecha 29/03/2006, a los fines de su comparecencia a los actos procesales correspondientes al presente asunto, garantizándole su dignidad y derechos constitucionales; en consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL N° 02 DE LA SECCION PENAL DE ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Se ratifica la orden de localización del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad, en perjuicio de los ciudadanos Carmen Rodríguez y Antonio Rodríguez, una vez localizado recluirlo en la Entidad de Atención Socioeducativa Varones del INAM, Tucupita, a los fines de que la hagan comparecer a este Tribunal a los fines de realizarse Audiencia Preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, igualmente se le hace conocimiento que debe respetarse su dignidad, y derechos constitucionales de conformidad con los artículos 538 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por expresa remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Líbrese boletas de notificación al Fiscal Quinto del Ministerio Público, Abog. VILMA VALERO DELGADO y a la Defensora Pública Sección de Adolescente, Abog. LEDA MEJIAS NUÑEZ. Líbrense los correspondientes oficios a los cuerpos policiales (CICPC Y DISIP) y la Boleta de Localización. CUMPLASE.
LA JUEZA SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. MAYURI SALAZAR ROMERO
LA SECRETARIA,
ABG. TERESA RODRIGUEZ G.