REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO


Tucupita, 14 de Diciembre de 2006
196º Y 147º


Vista la anterior diligencia presentada personalmente por la ciudadana CRISALIDA DEL VALLE NUÑEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-9.863.895, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ELVYS ARBELAEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.918 y de este domicilio y definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia dictada en fecha 08-11-2006. EJECÚTESE. En consecuencia, este Tribunal ACUERDA:………………………………………………………………...
UNICO: Expedir por secretaria copia debidamente certificada de la sentencia, de la diligencia y del auto que la provea y entréguese a la solicitante. Remítase las necesarias a las autoridades civiles competentes, a los fines de estampar la nota marginal correspondiente en los libros respectivos. Líbrense oficios.-
La Juez Temporal,


Abg. VILMA TERESA MARTORELLI
Secretario,

Abog. DANNY MALAVE RAMOS
En la presente fecha se libró lo acordado anteriormente. Conste.-

Secretario.-



VTM/nidiana.-
Expediente N° 5.422-06-01
Motivo: Divorcio 185-A