REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro.
Tucupita, 2 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-S-2004-000651
ASUNTO : YP01-P-2004-000131
AUTO DE MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA CONDENATORIA
CAUSA: YP01-P-2005-003183
JUEZ: Abg. WILMA HERNANDEZ MORILLO
SECRETARIO: Abg. ALEXANDER MARCANO
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
PENADOS: JESÚS XAVIER LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, Soltero, sin ocupación definida, reside en la Urbanización Villa Rosa, calle 04, casa 37 de esta ciudad, titular de la cédula de identidad número V-19.403.203, nacido el día Cuatro (04) de Marzo del año 1984, hijo de Emelis López, y Edicto Mota.-
FISCAL: Abg. YOMAIRA GONZALEZ NARANJO, Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro con competencia en Derechos Fundamentales.-
DEFENSA: ABG. EMETERIO RANGEL QUINTERO, adscrito a la unidad de Defensa Pública Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita.-
Vistas todas y cada una de las actas procésales que conforman la presente Causa, este Tribunal a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos, 479, 482, y 484 Código Orgánico Procesal Penal, observa lo siguiente:
Primero: El Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en fecha 05 de Diciembre de 2005, en Audiencia Preliminar dicto decisión por Admisión de los Hechos previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante la cual Condenó al Ciudadano: JESÚS XAVIER LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, Soltero, sin ocupación definida, reside en la Urbanización Villa Rosa, calle 04, casa 37 de esta ciudad, titular de la cédula de identidad número V-19.403.203, nacido el día Cuatro (04) de Marzo del año 1984, hijo de Emelis López, y Edicto Mota, por la comisión del delito de: HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 ordinal 1° y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y fue condenado a cumplir la pena de Un (01) año y Seis (06) meses de prisión mas las penas establecidas en el artículo 16 del código Penal. Actualmente se encuentra bajo la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad. -
Ahora bien, firme como ha quedado la sentencia dictada en la presente Causa, se procede a su ejecución.
Segundo: El Articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, establece “…se descontará la pena a ejecutar la privación de libertad que sufrió el penado durante su proceso…”
Por lo tanto se deduce que:
El penado, JESÚS XAVIER LÓPEZ, ya identificado, fue detenido el Dos (02) de Julio del año 2004, y ha cumplido un tiempo privado de su libertad de Un (01) año Siete (07) Meses y Veintiocho (28) días. Observándose que han cumplido la pena que le fue impuesta por el Tribunal Segundo de Control de Este Circuito Judicial. Por lo tanto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela DECLARA: La Libertad Plena del ciudadano: JESÚS XAVIER LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, Soltero, sin ocupación definida, reside en la Urbanización Villa Rosa, calle 04, casa 37 de esta ciudad, titular de la cédula de identidad número V-19.403.203, nacido el día Cuatro (04) de Marzo del año 1984, hijo de Emelis López, y Edicto Mota, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal Venezolano Vigente, en concordancia con el artículo 48 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal.-
Tercero: En relación al pago de las costas procesales a que se refiere el Artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal, al penado JESÚS XAVIER LÓPEZ, el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, lo exoneró del pago de las Costas procesales establecidas en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
Cuarto: Se pudo constatar que el penado JESÚS XAVIER LÓPEZ, cumplió la condena a la que fue condenado en esta causa, de igual forma se pudo observar en el sistema interno del circuito Judicial JURIS2000 que el penado JESÚS XAVIER LÓPEZ, tiene varias causas que cursan por ante los Tribunales de Control de este Circuito Judicial, es por esto que seguirá detenido hasta tanto no se hayan dictado sentencias condenatorias en las otras causas, siendo en total seis (06) causas que cursan en su contra en los diferentes tribunales de Control.-
D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA, del penado: JESÚS XAVIER LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, Soltero, sin ocupación definida, reside en la Urbanización Villa Rosa, calle 04, casa 37 de esta ciudad, titular de la cédula de identidad número V-19.403.203, nacido el día Cuatro (04) de Marzo del año 1984, hijo de Emelis López, y Edicto Mota, en los términos que han quedado establecidos. Y ASI SE DECIDE.
Se fija para los efectos de la imposición el día Miércoles Primero (01) de Marzo del año 2006, a las Once (11:00am) de la mañana. Notifíquese a la Fiscal Séptima del Ministerio Público, Abg. Yomaira González, al Defensor Público Penal y se ordena el traslado del penado. Regístrese, diarícese. Remítase Copia Certificada del presente Mandamiento de Ejecución de la Sentencia Condenatoria al Director del Despacho del Vice-Ministro de Seguridad Jurídica de la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Ofíciese al Vice – Ministro de Seguridad Jurídica de la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia a fines de que nos expida el Registro de Antecedentes Penales del penado JESÚS XAVIER LÓPEZ, ya identificado. Cúmplase.
La Jueza de Ejecución
Abg. WILMA HERNÁNDEZ
El Secretario,
Abg. ALEXANDER MARCANO MONTERO
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