REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO

Tucupita, 14 de febrero de 2006

195 y 146


Vista la diligencia anterior presentada por los ciudadanos HUGO RAMON GONZALEZ MARRON Y ALEIDA COROMOTO BUENO MENDOZA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.929.722 y 8953970, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio ARCADIO BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 67.289 de este domicilio, y definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia, EJECUTESE. En consecuencia este Tribunal acuerda expedir por secretaría copia debidamente certificada de la sentencia, de la diligencia y del auto que la provea a los solitantes. Remítase las necesarias a las autoridades civiles competetentes, a los fines de estampar la nota correspondientes en los libros respectivos.-
La Jueza,

Abg. VILMA TERESA MARTORELLI

El secretario,


Abg. WILLIE NARVAEZ HERNANDEZ
En la presente fecha se dió cumplimiento a lo ordenado, conste.-


Srio


VTM/olimar
expediente Nro. 5061-05-02