REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO
Tucupita, 07 de Febrero de 2006.-
195 y 146
Vista la diligencia anterior presentada por el Abogado MIGUEL GIL, inscrito en el INpreabogado bajo el No. 43.596 y de este domicilio, en su condición de apoderado del ciudadano CRUZ VELASQUEZ, venezolano, titular de cédula de identidad No. 13.263.305, residenciado en Barrio La Guardia, casa No. 57, se admíte cuanto ha lugar en derecho, y definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia. EJECUTESE. En consecuencia, este Tribunal ACUERDA: Expedir por secretaría cuatro (04) copias certificadas de la sentencia, de la diligencia y del auto que la provea al solicitante. Remítase las necesarias a las autoridades civiles competentes, a los fines de estampar la nota correspondiente en los libros respectivos.-
La Jueza,
Abg. VILMA TERESA MARTORELLI
El Secretario,
Abg. DANNY MALAVE RAMOS
En la presente fecha se dió cumplimiento a lo acordado anteriormente. Conste.-
Srio.
VTM/Isabel
Expe. No. 4.412-05