REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA MULTIPLE EN LO CIVIL, PENAL, MERCANTIL, TRANSITO BANCARIO Y MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
PONENTE. ABG. DOMINGO ANTONIO DURAN MORENO.
EXP. N° As. 315-2004.-
Competencia: Mercantil
Corresponde a esta Corte de Apelaciones con Competencia Múltiple decidir sobre la Apelación de Sentencia de fecha 19 de Mayo de 2004, interpuesto por el ciudadano CARLOS RAFAEL MARTINÉZ, asistido por el Abogado en ejercicio GERARDO FIGUEROA, en el Juicio que por INTIMACIÓN, se sigue en la presente Causa, de la Decisión emanada del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, de fecha 19 de Mayo de 2004.
Sube a esta Corte de Apelaciones con competencia Múltiple en fecha 09 de Agosto de 2004, y se nombra como ponente al Juez Superior Abg. LUIS RAMÓN DÍAZ RAMÍREZ, en fecha 22 de Noviembre de 2004.
Posteriormente en fecha 10 de agosto de 2005 constituida esta Corte por los Jueces Superiores DELMARO GUTIERREZ, DIOSNARDO FRONTADO VARGAS Y DOMINGO DURAN MORENO, como consta al folio 366, se AVOCA al conocimiento de la presente causa.
Luego en fecha 13 de Enero de 2006, esta Corte de Apelaciones se constituye nuevamente y se designa como Ponente al Juez Superior DOMINGO ANTONIO DURAN MORENO
Vista la paralización de la Corte de Apelaciones, en el período comprendido entre el 05 de Octubre de 2005 al 20 de Diciembre de 2005, por cuanto fue dejado sin efecto la designación del Juez Superior Abg. DELMARO GUTIERREZ; la misma acuerda la reanudación de la causa conforme al Artículo 14 del Código de procedimiento Civil Venezolano.
En consecuencia quien suscribe Abg. DOMINGO ANTONIO DURAN MORENO, en esta misma fecha, para decidir pasa a analizar los siguientes puntos:
MOTIVO DEL RECURSO
En fecha 19 de Mayo de 2004, el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Bancario, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, cursante a los folios 326 al 339, consta decisión en el cual el Tribunal Declara:
“… Declara CON LUGAR la demanda de Intimación intentada por ZORAIDA GUEVARA AUMAITRE Y FEDERICO SANDOVAL,… contra el ciudadano CARLOS RAFAEL MARTINE, … por cobro de Bolívares vía inductiva. … se condena al ciudadano CARLOS RAFAEL MARTINE, … a cancelar al justiciable actor EDGAR RAMOS, …, la suma demandada, representada en la cantidad de (Bs. 7.150.000,00) sumatoria del capital de las letras de cambio, objeto del litigio. Se condena expresamente en costas al justiciable demandado...””
En fecha 23 de Julio de 200, el ciudadano recurrente, en sus funciones acreditado en autos, siendo la oportunidad para interponer recurso, interpone Recurso de Apelación contra la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro de fecha 19 de Mayo de 2004, cursante al folio 354.
MOTIVACIÓN
Esta Corte de Apelaciones con competencia múltiple, luego de analizar tanto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Gerardo Figueroa, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 98.197, asistiendo en este acto al ciudadano: Carlos Rafael Martinez, parte demandada en este proceso, así como la decisión emitida por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de este estado, de fecha 19 del mes de mayo de 2.004 y las demás actas que conforman el expediente principal, se aprecia que el recurrente luego de ejercer este derecho, se desapareció, dejó de accionar en este caso, se notificó en su domicilio procesal para informarle sobre la reanudación de la causa por esta Corte y no se encontró, se procedió a su notificación por carteles ante la prensa y tampoco concurrió a ese llamado, no presentó el informe, de conformidad con el artículo 517 del Código de Procedimiento Civil, igualmente no realizó alguna observación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 519 eiusdem, en fin se limitó a suscribir que apelaba de la referida decisión, sin fundamentar que era lo que no estaba sujetado a derecho, en que había fallado el Tribunal de Instancia, o que era lo que no aceptaba de la decisión recurrida. Esta Corte de Apelaciones, no puede adivinar en derecho lo que quería el demandado. Como consecuencia de lo señalado, se declara sin lugar la presente Apelación. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes indicados, esta Corte de Apelaciones con Competencia Múltiple en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario, Adolescente y en lo Penal, en . nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara sin lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg Gerardo Figueroa, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 98.197, actuando en representación de la parte demandada, ciudadano: Carlos Rafael Martinez, mayor de edad, de nacionalidad venezolana, domiciliado en: la calle Sucre, casa N° 68, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, y portador de la cedula de identidad N° 8.929.909, en contra de la decisión emitida por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Constitucional de esta Circunscripción Judicial, de fecha 19 del mes de mayo de 2.004, en donde se condena al demandado a cancelar al justiciable actor Edgar Ramos, mayor de edad, venezolano, domiciliado en la calle 5 de Julio, Municipio Tucupita, de este estado y portador de la cedula de identidad N° 2.254.301, la suma de Siete millones ciento cincuenta mil bolívares ( Bs. 7.150.000,oo ), más los intereses correspondientes. Decisión fundamentada en los artículos 517 y 519 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese, Publíquese, Regístrese y remítanse las presentes actuaciones a través de la Unidad de alguacilazgo al Tribunal de Origen a los fines de la tramitación correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Sala de Corte Superior con competencia Civil, Mercantil, Menores, Bancario y Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro en Tucupita, a los ( ) días del mes de junio de dos mil Seis (2006). Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
Presidente de la Corte de Apelaciones:
Dr. ARTURO GONZALEZ BARRIOS.
Juez Superior
Dr. DIOSNARDO ANTONIO FRONTADO VARGAS.
Juez Superior
Dr. DOMINGO ANTONIO DURAN MORENO.
Juez Superior PONENTE
Miguelangel Escalona
Secretario
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