REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO LABORAL Y NUEVO REGIMEN PROCESAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
195° Y 147°

Conforme a lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal procede a dictar Sentencia Definitiva, ateniéndose INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA a la presente Audiencia Preliminar.

PRIMERO
DE LAS PARTES, SUS APODERADOS Y DE LA ACCION DEDUCIDA


EXPEDIENTE N°: 0121-06
DEMANDANTE: ANGEL GABRIEL GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.902.472.
PARTE DEMANDADA: JOSE VIVAL FLORES, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 5.334.794.
ACCION DEDUCIDA: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

SEGUNDO
SINTESIS DE LA CONTROVERSIA

En fecha Veintiocho (28) días de Junio del año 2006, comparece por ante este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción judicial del Delta Amacuro, los ciudadanos: ANGEL LUIS SARABIA Y PABLO RAFAEL HERNANDEZ, en su condición de Apoderados Judicial de la parte demandad, se deja igualmente constancia de la presencia en esta audiencia del ciudadano: BRANLY VILLARROEL, como Procurador Especial de Trabajadores y no consta en el expediente Poder alguno que se le hubiera otorgado al Procurador por parte de la parte demandante. En este estado el tribunal deja constancia de la INCOMPARECENCIA a esta Audiencia Preliminar de la parte demandante un lapso de espera de Veinte (20) minutos, es por ello que se deja constancia de la incomparecencia de la parte ACTORA, ni por si ni por apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

SEGUNDO
DECISION

Por las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Régimen Procesal Transitorio Laboral y Nuevo Régimen Procesal Laboral De La Circunscripción Judicial Laboral Del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DESCISION.







Regístrese, Publíquese y Déjese Copia Certificada de la presente decisión.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Régimen Procesal Transitorio Laboral y Nuevo Régimen Procesal Laboral De La Circunscripción Judicial Laboral Del Estado Delta Amacuro. En Tucupita, a los Veintiocho (28) días del mes de Junio del año 2006. Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.-

LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. MARISELA GOMEZ ESTABA.



LAS PARTES COMPARECIENTES







LA SECRETARIA,

Abg. YULIBEL PAREJO MOTA.


En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 10:50 a.m. Conste.-

LA SECRETARIA.







MGE/yp.-