REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro
Tucupita, 16 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2006-000148
ASUNTO : YP01-P-2006-000148


Vista la solicitud interpuesta por el DR. ANDRES HERMOSO GONZALEZ, en su carácter de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, mediante la cual requiere MEDIDAS DE PROTECCION A LA VICTIMA, ciudadana: SOLANGE DEL JESUS FERMIN GARCIA, de 39 años de edad, de nacionalidad venezolana, de estado civil casada, de profesión u oficio docente, residenciada en el Municipio Casacoima, calle la Esperanza, casa sin numero, en brisas del Triunfo, sector I, hija de los ciudadanos: Melania del Valle García de Fermín y de Héctor Alejandro de Fermín Tucupita del Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad No. 10.387.258.

Este Tribunal Tercero de Control, a los fines de decidir previamente observa:

La ciudadana: SOLANGE DEL JESUS FERMIN GARCIA, manifestó ante el Fiscal Superior del Ministerio Público que solicita protección para su persona y su grupo familiar. Asimismo manifestó lo siguiente:

“….yo vengo a solicitar protección para mi y mis familiares (Esposo e hijos), por cuanto a raíz de una denuncia que puse en contra de la ciudadana: INES BAUTISTA RIVERO FLORES, y su hijo ALEXANDER FLORES, ya que estos se la pasan amenazándome de muerte a mi a mi familia, pero resulta que el día sábado 04.-03-06, el hijo de la señora INES BAUTISTA, de nombre: ALEXANDER FLORES, lo asesinaron, EL DIA DOMINGO 05-03-06, ESTA SEÑORA MANDO A UN CIUDADANO QUE LE DICEN “EL DEGOLLADO”, ya que yo estaba escuchando música, porque yo y que estaba celebrando la muerte de su pana, su primo, y yo le dije que porque yo tenia que pagar la música y este me dijo que si yo apagaba la música ya veremos, pero cuando el se iba yo le dije que yo iba a bajar el volumen de la música, para evitar un problema, y este me dijo bueno lo que es para el cura pa la iglesia va, pero el día domingo 12-03-06, en horas de la mañana esta señora se dirigió a mi casa, le dijo a mi esposo que lo iba amarar, y que nos iba a sacar las tripas y que iba a venir con todos los balandros que ella tenia en su casa para matarnos, yo llame a la policía y cuando lo policías llegaron ella se fue y ahora nos grita desde su casa, y como esta gente esta armada con pistola y cuchillo ya le espeso a tiran piedras y lo agredieron, temo por mi vida y la vida de mis familiares (esposo e hijos). Asimismo informa la referida ciudadana que por ante la Fiscalia Primera de esta Circunscripción Judicial, cursa causa signada bajo el No, 10F01-0540-05-…”

El representante del Ministerio Público solicita que dicha medida de protección debe consistir, en que se ordene con carácter de urgencia, el patrullaje de funcionarios policiales de manera permanente en la residencia de la victima amenazada ciudadano: SOLANGE DEL JESUS FERMIN GARCIA, residenciada en el Municipio Casacoima, calle la Esperanza, casa sin numero, en brisas del Triunfo, sector I, Tucupita del Estado Delta Amacuro, a fin de salvaguardar su integridad física, y la de su familia.

Este Tribunal Tercero de Control, una vez analizadas y estudiadas las actas que conforman la presente solicitud, acordó decidir conforme a los siguientes términos:

PRIMERO: Se acuerda Comisionar al Comandante del Cuerpo de Seguridad Pública del Estado Delta Amacuro, para que gire las instrucciones con carácter de urgencia el patrullaje de funcionarios policiales adscritos a esa institución, de manera permanente, en la residencia de la victima amenazada ciudadana: SOLANGE DEL JESUS FERMIN GARCIA, residenciada en el Municipio Casacoima, calle la Esperanza, casa sin numero, en brisas del Triunfo, sector I, Tucupita del Estado Delta Amacuro, a fin de salvaguardar su integridad física, y la de su familia.

SEGUNDO: El patrullaje deberá ser realizado regularmente por funcionarios adscrito al cuerpo policial ante mencionado.

TERCERO: Se le requiere al Comandante del Cuerpo de Seguridad Pública del Estado Delta Amacuro, la remisión a este Juzgado cada 15 días de un informe sobre la medida de protección impuesta.

DISPOSITIVA

En base a las argumentaciones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la medida de protección a la victima amenazada ciudadana: SOLANGE DEL JESUS FERMIN GARCIA, titular de la cédula de identidad No. 10.387.258; a fin de salvaguardar su integridad física, y la de su familia, de conformidad con el Artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal; 86, 82, 83, 84 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; y, 30 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Publíquese, diarícese y déjese copia de la misma.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL

Abog. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON
EL SECRETARIO

Abg. WILLIE NARVAEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.
EL SECRETARIO

Abg. WILLIE NARVAEZ