REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro.
Tucupita, 24 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-S-2004-000926
ASUNTO : YP01-P-2004-000193


AUTO DE MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA CONDENATORIA


CAUSA: YP01-P-2004 -193
JUEZ: Abg. WILMA HERNANDEZ
SECRETARIO: Abg. TERESA RODRÍGUEZ.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES


PENADO: FRANKLIN JOSÉ SIFONTES HERNÁNDEZ, Titular de la Cédula de Identidad V-11.512.703, de 39 años de edad .Estado Civil, Soltero, Profesión u oficio: Técnico Dental. Domiciliado en Puerto Ordaz. Urbanización Orinoco, Calle Puerto la Cruz, Casa Nro. 15, cerca de la Avenida Principal de Castillito, Nacido en Puerto Ordaz Estado Bolívar, en fecha de nacimiento Once (11) de Junio del año 1966, Hijo de Cándida Hernández (Viva) y Eugensio Sifontes.
FISCAL: Abg. YOMAIRA GONZALEZ NARANJO, Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro con competencia en Derechos Fundamentales.-
DEFENSA: ABG. OSWALDO ISMAEL PÉREZ MARCANO, adscrito a la unidad de Defensa Pública Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita.-

Vistas todas y cada una de las actas procésales que conforman la presente Causa, este Tribunal a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos, 479, 482, y 484 Código Orgánico Procesal Penal, observa lo siguiente:

Primero: El Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en fecha Veinte (20) de Marzo de año 2006, en Sentencia Definitiva, Condenó al Ciudadano: FRANKLIN JOSÉ SIFONTES HERNANDEZ, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad V-11.512.703, a cumplir la pena de UN AÑO (01) Y SEIS (06) MESES de prisión, por ser el autor responsable de la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en vigencia para la fecha de la comisión del hecho punible, hoy Artículo 34 de la nueva Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Gaceta Oficial Nro. 5789 Extraordinaria de fecha 26/10/2005, quedando igualmente condenado a las PENAS ACCESORIAS establecidas en el artículo 16 del Código Penal, como es, la inhabilitación política mientras dure la misma y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine.

Ahora bien, firme como ha quedado la sentencia dictada en la presente Causa, se procede a su ejecución.

Segundo: El Articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, establece “…se descontará la pena a ejecutar la privación de libertad que sufrió el penado durante su proceso…”

Por lo tanto se deduce que:

El penado FRANKLIN JOSÉ SIFONTES HERNANDEZ, fue detenido el Veinte y Cuatro (24) de septiembre de 2004 hasta la presente fecha, por lo que se determina que ha cumplido un tiempo efectivo privado de su libertad de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES, En consecuencia de Decreta la LIBERTAD PLENA, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal Venezolano Vigente, en concordancia con el artículo 48 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal.-

Tercero: En relación al penado FRANKLIN JOSÉ SIFONTES HERNANDEZ, del pago de las costas procesales a que se refiere el Artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal de Juicio no se pronuncio al respecto.

D I S P O S I T I V A

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad lo establecido en los artículos, 479, 482, y 484 Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EL MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA CONDENATORIA, al PENADO FRANKLIN JOSÉ SIFONTES HERNÁNDEZ, Titular de la Cédula de Identidad V-11.512.703, Estado Civil, Soltero, Profesión u oficio: Técnico Dental. Domiciliado en Puerto Ordaz. Urbanización Orinoco, Calle Puerto la Cruz, Casa Nro. 15, cerca de la Avenida Principal de Castillito, Nacido en Puerto Ordaz Estado Bolívar, en fecha de nacimiento Once (11) de Junio del año 1966, Hijo de Cándida Hernández (Viva) y Eugensio Sifones . y en virtud de que el penado ut supra cumplio con la sentencia impuesta Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Decreta la LIBERTAD PLENA, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal Venezolano Vigente, en concordancia con el artículo 48 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, en los términos que han quedado establecidos. Y ASI SE DECIDE.

Regístrese y diarícese. Se fija para los efectos de la imposición el día de hoy viernes 24 de Marzo de 2006 en el Reten Policial de Guasina. Notifíquese a la Fiscal Séptima del Ministerio Público, Abg. Yomaira González, al Defensor Público Tercero Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 184 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese boleta de excarcelación. Ofíciese al Comandante del Cuerpo de Seguridad Publica de este Estado, participándole de la presente decisión. Oficiese al Comisario del Cuerpo de Investigaciones cientifca Penales y Criminalisticas delegacion Delta Amacuro, a fin de que sea borrado de pantalla. Remítase Copia Certificada del presente Mandamiento de Ejecución de la Sentencia Condenatoria al Director del Despacho del Vice-Ministro de Seguridad Jurídica de la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Cúmplase.
La Jueza de Ejecución


Abog. WILMA HERNÁNDEZ

La Secretaria,

Abog. TERESA RODRÍGUEZ