REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL


Tribunal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro.

Tucupita, 6 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : YV01-S-2003-000026
ASUNTO : YP01-D-2004-000054

ACTA DE AUDIENCIA PARA OIR AL IMPUTADO.
En el día hoy, Lunes 06 de Marzo de 2006, siendo las 10:30 horas de la mañana, se constituyó el Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes, a puertas cerradas en la Sala de Audiencias Número 03 de este Circuito Judicial Penal, a los fines de realizar Audiencia en el presente asunto, de conformidad con lo establecido en el articulo 542 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente, para oír al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos. Seguidamente la ciudadana Juez Dra. NALLIBE BONITO FIGUEROA, le solicitó a la Secretaria de Sala verificar la presencia de las partes, quien informó que en la Sala de Audiencias se encuentran presentes el Fiscal Quinto del Ministerio Público de este Estado, representado en este acto por el Abg. Ermilo Dellan Cotua, la Ciudadana Defensora Pública Penal de Adolescentes Abg. LEDA MEJÍAS NUÑEZ, el Adolescente sancionado y la ciudadana Luz Maria Márquez, representante legal del adolescente sancionado. Acto seguido la ciudadana Jueza por mandato expreso del artículo 542 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente expuso, impuso al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49, Ordinal 3° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y una vez cumplida esta formalidad el adolescente sancionado expuso: “Yo comencé a cumplir con la Sanción Impuesta por el Tribunal ”. Seguidamente se le concedió la palabra a la Representante del Adolescente ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, quien manifestó: Solicito que se le conceda permiso a mi hijo para que pueda irse a Charallave para su rehabilitación, yo realizaré los tramites porque si no, lo van a matar , el Centro para el cual lo quiero enviar es el Centro de Rehabilitación “ Desafió a la Vida y el Pastor se llama Wladimir Bastidas, es todo.” Acto seguido la Defensora Pública de la Sección Penal de Adolescentes expuso: “Esta defensa solo tiene que decir que una vez que la madre tramite todo lo referente al Centro de Rehabilitación se mande al Joven Adulto al Centro de Rehabilitación, es todo”. Seguidamente el representante del Ministerio Público expuso: “Esta representación Fiscal esta de acuerdo con que se tramite lo referente al reingreso del Joven Adulto, es todo. Seguidamente el ciudadano Juez, emite el siguiente pronunciamiento: “Oída la opinión del representante del Vindicta Pública, de la Defensora Pública, del adolescente sancionado y de su representante legal, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes, ACUERDA: Conceder Un plazo de Diez días a la Representante del Joven Adulto, para consignar información sobre el Centro de Rehabilitación “Desafío a la Vida”. Se insta al Joven Adulto a cumplir con la Sanción de Libertad Asistida Impuesta por el Tribunal y a no consumir Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas. Se Acuerdan expedir Copias Simples de la Presente Acta a las Partes. Quedan notificadas las partes. Siendo las 11:30, horas de la mañana, se da por terminada la presente Audiencia. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza de Ejecución


Abg. Nallibe Bonito Figueroa.




El…





Fiscal del Ministerio Público,


Abg. Ermilo Dellan Cotua.


Defensor Público.

Abg. Leda Mejías Núñez.



Adolescente.
IDENTIDAD OMITIDA
Representante.






Alguacil de sala.




SECRETARIO DE SALA,

ABG. Ana Duarte Mendoza.