REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

DISPOSITIVA

Por todas las razones antes expuesta, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA DESESTIMACION DE DENUNCIA de la ciudadana: MARIA ZAMBRANO PEREZ, mayor de edad, venezolana, natural de edad, residenciado en Los Castillos de Guayana, Municipio Casacoima Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad No. V-9.125.854, de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, diarícese la presente decisión.
EL JUEZ


ABOG. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON

EL SECRETARIO


ABOG. WILLIE NARVAEZ