REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro
Tucupita, 5 de Mayo de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : YL01-P-2000-000018
ASUNTO : YL01-P-2000-000018
ACTA DE SORTEO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO
En el día de hoy Viernes (05) de Mayo del año dos mil seis (2006), siendo las Nueve horas con treinta minutos de la mañana (09:30 p.m.), oportunidad fijada a los fines de llevar a cabo el acto público de SORTEO ORDINARIO DE SELECCIÓN DE ESCABINOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 163 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al acusado los ciudadanos ANTONIO FELIX PADINO, por encontrarse presuntamente incursos en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 460 deL Código Penal, en perjuicio del ciudadano JUAN DE LA CRUZ PITRE RIVAS, causa signada con el número YL01-P-2000-000018, se constituye la Jueza Única de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, ABOG. ADDA YUMAIRA ESPINOZA, conjuntamente con el Secretario, ABG. JAVIER ALVAREZ OLIVO, en la Oficina de Participación Ciudadana, de este Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, seguidamente la ciudadana Jueza procedió a requerir al Secretario de Sala la verificación de las partes informando éste estar presentes el ciudadano Fiscal del Ministerio Publico Abg. ERMILO DELLAN COTUA, el defensor Abg. EMETERIO RANGEL QUINTERO, la ciudadana LUISA MARIN VALLENILLA, Jefa de la Oficina de Participación Ciudadana, así como el ciudadano Alguacil DENNY ARZOLAY, adscrito a la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, no estando presente el acusado ANTONIO FELIX PADRINO y la victima JUAN DE LA CRUZ PITRE RIVAS quien falleció según información suministrada por su hermano en consecuencia se ordena oficiar al Registro Civil a los fines de solicitar el acta de defunción. Así pues, seguidamente la Juez con la solemnidad del acto ordenó se diera inicio al SORTEO 0RDINARIO DE SELECCIÓN DE ESCABINOS, realizándose el mismo mediante el sistema implementado a tales efectos, resultando electos en el sorteo numero 00325, los ciudadanos: Titular 1: MORILLO ANTONIA, Titular 2: MORALES JUAN, Suplente 1:PALACIOS MORILLO ADELIS, Suplente 2:GIMENEZ NELLIS RAQUEL, Suplente 3: RONDON ALBERTO JOSE, Suplente 4: CALZADILLA GUAMAREZ ADELA DEL CARMEN, Suplente 5: MARTINEZ JORGE YOEL; Suplente 6: ROJAS SALAZAR YUVILMA DE LA CRUZ. Se imprimieron Cuatro (04) ejemplares del sorteo, uno para la Oficina de Participación Ciudadana, uno para la Presidencia del Circuito Judicial, uno para el control interno del Tribunal, otro para anexarlo al expediente sin direcciones, a los fines de resguardar la integridad física de los mismos y dar cumplimiento a la normativa legal vigente. Ahora bien, revisada como fueron las direcciones de los Escabinos seleccionados en la lista conjuntamente la ciudadana Juez y el funcionario Alguacil DENNY ARZOLAY, adscrito a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal se evidenció que, de los cursantes seleccionados los Titular 1, 2 y Suplentes 1, 2, 4, 5 y 6, los mismos se encuentran en Municipio Foráneos, a los cuales se accede por vía fluvial, es decir, por medio de transporte de lanchas y siendo que el Circuito no cuenta con este medio de transporte, lo que dificulta no solo la entrega de las mismas, sino el hecho de que estas personas una vez citadas se trasladen a la sede del Tribunal, en consecuencia todas estas personas se descartan para su citación, por lo que solo se considera El Escabino: Suplentes 3. Ahora bien, por cuanto solo quedó seleccionado una persona y de acuerdo a la norma adjetiva penal se deben seleccionar Ocho (08) ciudadanos para escoger a los Escabinos con los cuales se va a constituir el Tribunal de Juicio Mixto, este Tribunal acuerda realizar un Sorteo Extraordinario de conformidad con lo establecido en el articulo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, resultando electos en el sorteo numero 00457, los ciudadanos: Renglón 1: RODRIGUEZ CAMPOS JOSÉ ALBERTO, Renglón 2: RODRIGUEZ GONZALEZ MARIEDILIS, Renglón 3: YNIMAN ROJAS MILAGROS DEL VALLE, Renglón 4: MEDINA MEDINA CAMILA, Renglón 5; BERIAS DEYANIRA DEL CARMEN, Renglón 6: MATA CARREÑO ISRAEL VICENTE, Renglón 7: BAEZ VALENCIA ALFONSO, Renglón 8: SALAZAR ZABALA NOEMY GREGORIA, Renglón 9: MORENO BERRA JUANA LIDUVINA, Renglón 10: MARQUEZ MEJIAS MARLON FRANCISCO, Renglón 11: NUÑEZ BLANCO LISBETH DEL CARMEN, Renglón 12: DALLAR NARVAEZ DAVID DARIO, Renglón 13: RONDON CAMPOS OSCAR JOSE; renglón 14: ZABALA MARIA LUCRESIA; Renglón 15: BOLIVAR PEREZ CARMEN ELENA; Renglón 16: URRIETA MERCHAN MAXIMINA DEL VALLE; Renglón 17: GASPAR ISOLINA; Renglón 18: TOCOYO NAZARIO. Se imprimieron Cuatro (04) ejemplares del sorteo, uno para la Oficina de Participación Ciudadana, uno para la Presidencia del Circuito Judicial, uno para el control interno del Tribunal, otro para anexarlo al expediente sin direcciones, a los fines de resguardar la integridad física de los mismos y dar cumplimiento a la normativa legal vigente. Ahora bien, revisada como fueron las direcciones de los Escabinos seleccionados en la lista conjuntamente la ciudadana Juez y el funcionario Alguacil DENNY ARZOLAY, adscrito a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal se evidenció que, de los cursantes seleccionados los Renglones: 1, 2, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 Y 18 los mismos se encuentran en Municipio Foráneos, a los cuales se accede por vía fluvial, es decir, por medio de transporte de lanchas y siendo que el Circuito no cuenta con este medio de transporte, lo que dificulta no solo la entrega de las mismas, sino el hecho de que estas personas una vez citadas se trasladen a la sede del Tribunal, en consecuencia todas estas personas se descartan para su citación, por lo que solo se consideran los Escabinos: Renglones: 3, 5, 6 y 10. Ahora bien, por cuanto solo quedaron seleccionados cuatro personas mas una del sorteo ordinario, suman un total de cinco (05) y de acuerdo a la norma adjetiva penal se deben seleccionar Ocho (08) ciudadanos para escoger a los Escabinos con los cuales se va a constituir el Tribunal de Juicio Mixto, este Tribunal acuerda realizar un nuevo Sorteo Extraordinario de conformidad con lo establecido en el articulo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, resultando electos en el sorteo numero 00458, los ciudadanos: Renglón 1: REYES MARCANO ESLI DEL VALLE, Renglón 2: SALVADOR DAVILA ALICIA JOSEFINA, Renglón 3: MARIN ESTABA ALQUIMEDES ANTONIO, Renglón 4: CAMPOS NELSON LEON, Renglón 5: CALZADILLA RENGEL MATILDE JOSEFINA, Renglón 6: DIAZ TERESA, Renglón 7: GUTIERREZ MONSALVE MARIA DOLORES, Renglón 8: BLANCO RIOS ZORAIDA JOSEFINA, Renglón 9: MARTINEZ EDGAR ANTONIO, Renglón 10:RIVERO BERMUDEZ JOSE LUIS, Renglón 11: ROJAS RIVERO JOSE ADALBERTO, Renglón 12: GOMEZ VILLEGAS GUILLERMO JOSE, Renglón 13: MARTINEZ YAJAIRA DEL VALLE, Renglón 14: MARQUEZ SERGUIA BAUTISTA; Renglón 15: FERMIN SILVA LINDORFO. Se imprimieron Cuatro (04) ejemplares del sorteo, uno para la Oficina de Participación Ciudadana, uno para la Presidencia del Circuito Judicial, uno para el control interno del Tribunal, otro para anexarlo al expediente sin direcciones, a los fines de resguardar la integridad física de los mismos y dar cumplimiento a la normativa legal vigente. Ahora bien, revisada como fueron las direcciones de los Escabinos seleccionados en la lista conjuntamente la ciudadana Juez y el funcionario Alguacil DENNY ARZOLAY, adscrito a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal solo se consideran a los Escabinos: Renglón: 2, 9, y 11, se deja constancia que se verifico hasta el renglón doce (12) porque se completan de esta manera las Ocho (08) personas requeridas por nuestro legislador patrio. Acto seguido, una vez seleccionados los ciudadanos ut supra mencionados, se ordena la notificación de los mismos, precisándose en la boleta el deber de concurrir el día miércoles nueve (09) de Agosto de dos mil seis (2006), a la una hora con treinta minutos de la tarde (01:30 p.m.), a los fines de recibir la instrucción a que se refiere el artículo 157 de la norma adjetiva penal por parte de la Oficina de Participación Ciudadana, igualmente se fija la audiencia ese mismo día a las Dos horas con treinta minutos de la Tarde (02:30 p.m.), para que se lleve a cabo la realización de la Audiencia Pública de Constitución del Tribunal Mixto a que se contrae el artículo 164 del texto adjetivo penal previo el instructivo dictado por la Oficina de Participación Ciudadana procediendo de conformidad con lo previsto en el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que se fija para la oportunidad antes señalada, toda vez que la agenda de Juicio ya se encuentra programada con varios actos pendientes, no existiendo la posibilidad de fijarlo para una oportunidad anterior. Notifíquese a los Escabinos seleccionados, cítese al acusado. Quedan notificadas las partes presente del deber que tienen de comparecer a la fecha y hora fijada, Concluyo el acto siendo las Diez horas de la mañana (10:00 a.m). Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA UNICA DE JUICIO
ABOG. ADDA YUMAIRA ESPINOZA
Abg. ERMILO DELLAN COTUA
Fiscal del Ministerio Publico
Abg. EMETERIO RANGEL QUINTERO
Defensor Público
El Secretario
Abg. JAVIER ALVAREZ OLIVO
El Alguacil.