REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO
Doctrina pacifica y reiterada tiene establecido que la incorporación de nuevo jurisdiciente al proceso, debe a fin de evitar crisis subjetiva de competencia, avocarse al conocimiento de la causa, amen de garantizar de esta forma el debido proceso y el derecho a la defensa de los justiciables. Este Juzgador administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se avoca al conocimiento de la presente causa y definitivamente firme como ha quedado la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 25-11-05, se acuerda: El cierre y archivo de la presente causa de Aumento de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana LEIDA CATALINA NATERA, contra el ciudadano ESTEBAN JOSÈ MARTÍNEZ, dejando en su lugar cuaderno separado de medidas, a los fines de las consignaciones respectivas. Remítase en su debida oportunidad al Archivo Judicial. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE. Cúmplase.-
La Juez Suplente Especial,
Abg. MAYRA GARCÍA YÁNEZ.
El Secretario,
Abg. Danny Malavé Ramos.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. CONSTE.-
Secretario,
MGY/lisbeth.-
Exp. Nº 4979-05-01