REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO


Tucupita, 05 de Mayo de 2006
195º Y 147º


Vista la anterior diligencia presentada personalmente por la ciudadana YAKELIN GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad No. 8.950.853, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio RICARDO OSORIO DEFFIT, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 44.628 y de este domicilio y definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia. EJECÚTESE. En consecuencia, este Tribunal ACUERDA:…………………………………………
UNICO: Expedir por secretaría copia certificada de la sentencia, del auto de fecha 09 de marzo de 2006, que riela al folio veintisiete (27), del presente expediente, de la diligencia y del auto que la provea a la solicitante. Remítase las necesarias a las autoridades civiles competentes, a los fines de estampar la nota marginal correspondiente en los libros respectivos. Líbrense oficios.-
La Juez Suplente Especial,

Abg. MAYRA GARCÍA YÁNEZ
Secretario,

Abog. DANNY MALAVE RAMOS
En la presente fecha se libró lo acordado anteriormente. Conste.-

Secretario.-




MGY/nidiana.-
Expediente n° 4.931-05-01