REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÒN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO

Tucupita, 08 de Mayo de 2006
195º y 147º


Por recibida la anterior acta Convenimiento de REGIMEN DE VISITAS, emanada de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, realizada entre la ciudadana NORELIS NINOSKA GONZÁLEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.545.482, residenciada en el barrio Andrés Eloy Blanco, calle Las Acacias, casa s/n, de esta ciudad de Tucupita y el ciudadano EPIFANIO JOSÈ MARCANO MARÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.263.595, residenciado en La Carretera Nacional de Palomita,. Casa s/n, de esta ciudad, habiendo conciliado ambas partes y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia queda establecido que el ciudadano EPIFANIO JOSÈ MARCANO MARÍN, plenamente identificado, tendrá un Régimen de Visitas, que le permitirá PRIMERO: Buscar a sus hijos los niños (SE OMITEN LOS NOMBRES) un fin de semana cada quince días (15), los buscará el día viernes a las 5:00 de la tarde y los entregará el día domingo a las 7:00 de la noche. SEGUNDO: En cuanto a su hijo DAVID ENRIQUE MARCANO GONZÁLEZ, tendrá un Régimen de Visitas amplio. Téngase el anterior convenimiento como Juzgada. Cúmplase.-
La Juez Temporal,


Abog. VILMA TERESA MARTORELLI
Secretario,


Abog. DANNY MALAVE RAMOS

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-

Srio,
VTM/isabel
Acta. 0302-06-02