REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro.
Tucupita, 24 de Noviembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : YJ01-P-2003-000016
ASUNTO : YJ01-P-2003-000016

AUTO ACORDANDO PERMISO ESPECIAL

Por cuanto el día de hoy el Tribunal de Ejecución se trasladó y constituyó en la sede del Reten Policial de Guasina de esta Ciudad, y realizó entrevista con el penado ORLANDO JOSE MILLAN, Titular de la Cédula de Identidad Nro, V - 16.215.463, manifestando el referido penado al Tribunal que deseaba un permiso especial para conversar con su oferente de trabajo a los fines de concretar si todavía se mantenía la oferta de trabajo, en virtud de haber pasado un tiempo considerable desde que se le ofreció el trabajo, manifestando además, que por cuanto había salido favorable en la evaluación psicosocial, y ha mantenido buena conducta en el recinto policial, el mismo requiere el permiso para ver si ya se perdió la oportunidad con el oferente, buscar el nuevo oferente; y, además desea el permiso el referido penado para ir a consulta medica en virtud de un dolor que presenta en la parte abdominal. Oída la exposición del penado este Tribunal de Ejecución procedió entrevistarse con el Jefe de los Servicios del Reten Policial, Subinspector de la Policía del Estado Delta Amacuro Félix Carrasquel, y le preguntó por el comportamiento del referido penado, manifestando el mismo que su comportamiento era excelente durante el tiempo que ha permanecido en el Reten, en consecuencia este Tribunal observando que el referido penado salió favorable en la evaluación del equipo multidisciplinario y por cuanto al mismo con la redención de la pena por el trabajo, ya le corresponde el Beneficio de Destacamento de Trabajo se ACUERDA: Permiso especial de conformidad con lo establecido en los artículos 63 y 64 de la Ley de Régimen Penitenciario a partir del Día Viernes Veinticuatro (24) de Noviembre de 2006 a las Seis 06:00 a.m. horas de la tarde por Cuarenta y Ocho (48) horas, al penado ORLANDO JOSE MILLAN, Titular de la Cédula de Identidad Nro, V - 16.215.463, para que se organicen en la búsqueda de un trabajo en la Ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, debiéndose presentar voluntariamente el Día Domingo Veintiséis (26) de Noviembre de 2006 a las Seis 06:00 p.m. horas de la tarde en el Reten Policial de Guasina, además, deberá el penado aprovechar el permiso especial para asistir a consulta medica de conformidad con lo establecido en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de que el mismo se haga una evaluación de su estado de salud, y sea enviado el respectivo informe a éste Tribunal. Notifíquese a la Fiscal Séptima del Ministerio Público Abg. Yomaira González Naranjo, y al Defensor Público Tercero. Ofíciese lo conducente. Prosígase el curso de Ley. Cúmplase.-

El Juez

El Secretario
Abg. Clarense Russian
Abg. Jorge Cárdenas Mora