REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.

Jurisdicción: Civil.
Exp. N° 8708-2006.

Tucupita, Veintiséis (26) de Octubre de Dos Mil Seis.
196° y 147°

DEMANDANTE: RUBEN ANTONIO PEREZ CHACIN, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V-4.910.801, domiciliado en la Avenida Arismendi N° 56 de la Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro.

ABOGADO ASISTENTE: FEDERICO SANDOVAL, de este domiciliado, Inpreabogado N° 24.841.

DEMANDADO: MIGUEL PRATO VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V-1.867.465, domiciliado en la Avenida Arismendi, Local Comercial N° 52-B, de la Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro.

MOTIVO: RESOLUCIÓN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

I

Visto el escrito anterior, suscrito en fecha 24-10-2006, presentada por los ciudadanos MIGUEL PRATO VASQUEZ, cédula de identidad N° 1.867.465, abogado en ejercicio, Inpreabogado N° 18.355, parte demandada en el procedimiento, y el ciudadano RUBEN ANTONIO PEREZ CHACIN, cédula de identidad N° V-4.910.801, asistido por el Abogado en ejercicio FEDERICO SANDOVAL, Inpreabogado N° 24.841, parte demandante, mediante el cual celebran convenimiento.
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, homologa el convenimiento bajo los términos y condiciones expuestos por las partes y le da carácter de cosa juzgada, así mismo se ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas del convenimiento y del presente auto que lo homologa, conforme a lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con los artículos 26, 49, 51, 253, y 257 de la Constitución Nacional. Se ordena el archivo de expediente. Y ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese, Déjese Copia Certificada en el archivo del tribunal.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En Tucupita, a los Veintiséis (26) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Seis (2006). AÑOS 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez Provisorio,


Dra. MARISOL DEL VALLE BAYEH BAYEH.
El Secretario,

Abg. LUIS ARGENIS MARCANO.

En esta misma fecha se archivo el expediente constante ( 21 ) folios útiles, como fue ordenado anteriormente. CONSTE.


Secretario.

MDVBB/LAM/lisena.