REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro
Tucupita, 29 de Septiembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2006-000385
ASUNTO : YP01-P-2006-000385

DECISION 310

Vista la solicitud interpuesta el Profesional del Derecho, Dra. MARIA BELEN LOPEZ, en su carácter de defensor del ciudadano: DAMASO CORONADO RUIZ, en la cual requiere que se le extienda las presentaciones que viene cumpliendo por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.

Ahora bien a los fines de resolver este Tribunal considera procedente y ajustado a derecho extender las presentaciones a 30 días por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, ya que el referido imputado consignó constancia de hospitalización expedida por el servicio de traumatología del Hospital Dr. Raúl León.


DISPOSITIVA


Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Se acuerda extender las presentaciones del imputado de autos a 30 días por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Regístrese, diaricese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ

ABG. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON

EL SECRETARIO

ABG. WILLIE NARVAEZ