REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO
Tucupita, 16 de Abril de 2.007.
196° y 148°
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de Obligación Alimentaria, dictada en fecha 28-08-2006, EJECÚTESE. En consecuencia este Tribunal acuerda:………………………………………………………………
PRIMERO: Librar oficio a la Secretaria General Sectorial de Educación, Cultura y Deporte de la Gobernación del Estado Delta Amacuro, para que proceda realizar los respectivos descuentos………………………...................
SEGUNDO: Librar oficio al Director de Recursos Humanos del Ministerio de Educación y Deporte del Estado Delta Amacuro. Así se decide.-
La Juez Temporal,
Abog. VILMA TERESA MARTORELLI
El Secretario,
Abog. DANNY MALAVE RAMOS.-
En esta misma fecha se le dió cumplimiento a lo acordado en auto. Conste.-
Srio,
VTM/isabel.-
Exp. N° 5.236-06-02