REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO


Tucupita, 02 de Abril de 2007
196º Y 148º


Revisadas las actas que conforman el presente expediente y visto que las partes no presentaron la corrección de la Solicitud de Divorcio conforme al artículo 185-A del Código Civil Venezolano, en la oportunidad señalada por este Juzgado y no habiendo mas diligencias que practicar, en la presente causa. Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, acuerda:………………………………….........................
UNICO: El Cierre y Archivo del presente expediente y su remisión al archivo Judicial. Cúmplase.-
La Juez Suplente Especial,




Abog. MAYRA GARCÌA YÀNEZ

Secretario,


Abog. DANNY MALAVE RAMOS.

En esta misma fecha se dió cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-

Srio,


MGY/nidiana.-
Expediente N° 5.465-06-01
Motivo: Divorcio 185-A