REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO
Tucupita, 02 de Abril de 2007
196º Y 148º
Revisadas las actas que conforman el presente expediente y visto que las partes no presentaron la corrección de la Solicitud de Divorcio conforme al artículo 185-A del Código Civil Venezolano, en la oportunidad señalada por este Juzgado y no habiendo mas diligencias que practicar, en la presente causa. Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, acuerda:………………………………….........................
UNICO: El Cierre y Archivo del presente expediente y su remisión al archivo Judicial. Cúmplase.-
La Juez Suplente Especial,
Abog. MAYRA GARCÌA YÀNEZ
Secretario,
Abog. DANNY MALAVE RAMOS.
En esta misma fecha se dió cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-
Srio,
MGY/nidiana.-
Expediente N° 5.465-06-01
Motivo: Divorcio 185-A