REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO


Tucupita, 08 de Abril de 2008
197º Y 149º


Vista la anterior diligencia presentada personalmente por la ciudadana YSAIDA LUCIANA CARABALLO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-14.115.956, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MANUEL ALEJANDRO MILLAN GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 127.163, de este domicilio y definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia dictada en fecha 10-03-2008. EJECÚTESE. En consecuencia, este Tribunal ACUERDA:………………………………..…….............
UNICO: Expedir por secretaría cuatro (04) copias debidamente certificadas de la sentencia y del auto que la provea a la solicitante. Remítase las necesarias a las autoridades civiles competentes, a los fines de estampar la nota marginal correspondiente en los libros respectivos. Líbrense oficios.-
La Juez Temporal,

Abg. VILMA TERESA MARTORELLI
Secretario,


Abog. DANNY MALAVE RAMOS
En la presente fecha se libró lo acordado anteriormente. Conste.-

Secretario.-




VTM/nidiana.-
Expediente N° 5.956-08-02