REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO Y NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
Tucupita, 18 de abril de 2008
197° y 149°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: 0246-08
PARTE ACTORA: DELFIN VAELNZUELA ARENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.863.475.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abog° BRANLY VILLARROEL, titular de la cédula de identidad N° 14.440.895, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.644.
PARTE DEMANDADA: YONNY ANAY, venezolano, mayor de edad, concejal del Municipio Antonio Díaz, Estado Delta Amacuro.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En horas de despacho del día de hoy, viernes dieciocho (18) de abril del año Dos Mil Ocho (2008), siendo las 10:00 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Realizado el anuncio del acto por el Alguacil de esta Coordinación del Trabajo, a la hora indicada en el auto de admisión de la demanda, no se encontraban presentes ninguna de las partes, ni por si ni por apoderado alguno que los representaran. En este estado, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio y Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, DECLARA EN Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DESIERTO EL ACTO. PUBLIQUESE Y REGÍSTRES LA PRESENTE DESICIÓN.
LA JUEZA,

Abog. FLORABA HERRERA BELLO.


LA SECRETARIA,

Abog. MILAGROS MARCANO.




Exp. 0246-08
FHB/m.m.-