REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO

Tucupita, 11 de Agosto de 2008.
198º y 149º


Vista la anterior diligencia presentada por la ciudadana YSAIRA TABLANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.952.898, domiciliada en esta ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARLUIS RONDÓN, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 99.460, donde solicita se levante las medidas de embargo que pesan sobre el sueldo del Ciudadano CIRIL J. PATRICK, titular de la cédula de identidad N° 8.546.898,…………………………………………………….……….… Vista el acta de Defunción del Joven Adulto Ciudadano CIRIL FITHGEARD PATRICK, anexa a la anterior diligencia. En consecuencia este Tribunal ACUERDA:………………………………………………………………………………….. PRIMERO: Dejar sin efecto las Medidas de Embargo sobre el sueldo y demás beneficios del ciudadano CIRIL JOSÉ PATRICK GARCÍA, acordadas por este Tribunal mediante sentencia de fecha 28-06-1999, con la finalidad de que de cumplimiento al particular primero del presente auto…………………………………. SEGUNDO: Librar oficio al Director de Personal del Hospital Dr. Luís Razetti, de la ciudad de Tucupita del Estado Delta Amacuro,………………………………………… TERCERO: El cierre y archivo del presente expediente y su remisión al archivo judicial en su debida oportunidad por cuanto no hay más diligencias que practicar. Líbrese oficio.-
La Juez Suplente Especial,

Abog. MAYRA GARCÍA YÁNEZ

El Secretario,

Abog. DANNY MALAVE RAMOS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-

Secretario,



MGY/olimar.-
Cuaderno de Medida del Expediente Nº 2.429-99-01.-