REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, PEDERNALES, CASACOIMA Y ANTONIO DIAZ


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA CASACOIMA PEDERNALES Y ANTONIO DIAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO

Tucupita,05 de Agosto de 2008
198º y 149º

Vista la diligencia de fecha: 01-08-2008, suscrita por el Abogado FEDERICO SANDOVAL, Inpreabogado Nª 24.841, en su caracter de Apoderado Judicial del ciudadano HANNA JORGE BITAR, titular de la cedula de identidad N 11.208.746, parte demandante en la presente causa, mediante la cual solicita se le devuelvan los originales del Poder especial y contrato de Arrendamiento, cursante en autos. Asimismo desiste de la presente demanda. Este Tribunal Acuerda lo solicitado por no ser contrario a Derecho y en consecuencia , HOMOLOGA, el desistimiento hecho por la parte demandada en la presente causa, signada con el Nª 1465-07, de conformidad con lo establecido en el Articulo 263 del codigo de procedimiento civil y asi se decide. Asimismo este Tribunal , ordena desglosar del mencionado expediente los documentos originales cursante alos folios 06, 07, 08, 09 y 10 , contentivo del Poder Especial y Contrato de Arrendamiento, a los fines de hacer entrega al solicitante y en su defecto se deja copias certificadas de los mismos.Archivese el presente expediente.CUMPLASE.-