REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE 1RA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO,
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO


Tucupita, 11 de Enero de 2008.

197° y 148º


Por recibido oficio signado con el N° 7606, fechado 04-12-2007, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil, Circunscripción Judicial del Estado Monagas, mediante el cual se recibe anexo Expediente N° 12.347, nomenclatura interna de dicho Tribunal, constante de Trece (13) folios, contentivo de juicio de SEPARACIÓN DE CUERPOS, interpuesto por la ciudadana SOL ANGELICA DAVALILLO ANTOIMA, puesto el referido Juzgado se declaró incompetente por el territorio, remitiendo el mismo para que sea este Tribunal quien siga conociendo del presente juicio.
UNICA
Este Tribunal en aras de una sana administración de justicia, ha revisado de manera exhaustiva el presente expediente, lo cual conlleva a examinar los documentos y/o expedientes que reposan en los anaqueles del archivo de este Juzgado y se pudo verificar que en el Libro de Causas existe el expediente signado con el Número 7439-1998, Motivo: Separación de Causas, Partes: SOL ANGÉLICA DAVALILLO ANTOIMA y CARLOS ANTONIO QUINTO NIEVES; del mismo modo se pudo constatar que en fecha 08-02-2007, se dictó Sentencia declarando la Perención de la Instancia en dicha causa, por inactividad procesal de las partes. En consecuencia se ordena Archivar la presente solicitud. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de 1ra Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional, Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En Tucupita, a los Once (11) días del mes de Enero de Dos Mil Ocho (2008). AÑOS: l97° de la Independencia y 148° de la Federación.-
La Jueza (Provisoria),

Dra. MARISOL DEL VALLE BAYEH BAYEH.-



La Jueza (Provisoria),

Dra. MARISOL DEL VALLE BAYEH BAYEH.-
La Secretaria (Temporal),

Abg. JESSICA MARTÍNEZ.-
En esta misma fecha se dictó la anterior sentencia, siendo las 11:45 a.m., se cumplió lo ordenado anteriormente. CONSTE.-

La Secretaria (Temporal).-

MVBB/JM/numa.-