REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO

Tucupita, 23 de Enero de 2008
197º y 148º


Por recibido el anterior escrito de MEDIDAS PREVENTIVAS, presentado personalmente por el ciudadano GREGORIO MARTINEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.382.792, domiciliado en la Urbanización Delfín Mendoza, calle 06, casa N° 21, de la ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio ELVYS ARBELAEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.918 y de este domicilio; en consecuencia este Tribunal, acuerda:…………………………
PRIMERO: Decretar Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble ubicado en el sector por estas calles, asentamiento campesino la Horqueta-Las Mulas-Coporito de la Jurisdicción del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, con una superficie de once metros de frente (11,00 Mts) por once metros con setenta y un céntimos de fondo (11,71Mts), comprendido dentro de los siguientes linderos; Norte: con parcela N° 10 con propiedad que es o fue de Graciela Sifontes; Sur: carrera N° 10; Este: parcela N° 8 con propiedad que e o fue de José G. Navarro y Oeste: parcela N° 10 con propiedad que es o fue de Miguel Machiz, de conformidad con lo establecido en el artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido ofíciese lo conducente al Registro Público y a la Notaria Pública del Estado Delta Amacuro, a los efectos de que se deje sin efecto cualquier tramite sobre el inmueble en referencia.-
SEGUNDO: Librar Boleta de Citación al ciudadano JUAN ANTONIO RODRIGUEZ MIJARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.359.272, residenciado en el sector por estas calles, casa sin número, de la ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, para que comparezca por ante este Tribunal, al tercer (3er) día hábil de Despacho siguiente, luego que conste en autos su citación, a las 9:00 AM, a los fines de que exponga lo pertinente en torno al caso formulado por la parte actora.-
TERCERO: Librar Boleta de Notificación al Ciudadano GREGORIO MARTINEZ FERNANDEZ, plenamente identificado, para que haga comparecer por ante este Tribunal, al tercer (3er) día hábil de Despacho siguiente, luego que conste en autos su notificación, a las 2:00 PM, a las adolescentes (SE OMITEN LOS NOMBRES), venezolanas, de dieciséis (16) y y catorce (14) años de edad respectivamente, a los fines de que emitan su opinión de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-
CUARTO: Fijar el tercer (3er) día hábil de despacho siguiente al de hoy, a las 2:30 PM, para que tenga lugar la inspección judicial, en el inmueble ubicado en el sector por estas calles, asentamiento campesino la Horqueta-Las Mulas-Coporito de la Jurisdicción del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, con una superficie de once metros de frente (11,00 Mts) por once metros con setenta y un céntimos de fondo (11,71Mts), comprendido dentro de los siguientes linderos; Norte: con parcela N° 10 con propiedad que es o fue de Graciela Sifontes; Sur: carrera N° 10; Este: parcela N° 8 con propiedad que e o fue de José G. Navarro y Oeste: parcela N° 10 con propiedad que es o fue de Miguel Machiz, a fin de determinar en sus particulares que persona o personas ocupan actualmente el mencionado inmueble, así como formular otro particular que sea necesario en el momento de la inspección.-
QUINTO: Notificar al Fiscal Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro.-
La Juez Temporal,


Abog. VILMA TERESA MARTORELLI
La Secretaria Temporal,


Abog. MARIA ENCARNACIÓN SARABIA
En fecha 24-01-2008, se libraran oficios N° ___________ . Conste.-

Sria,


VTM/nidiana.-
Expediente Nº 5.940-08-02