REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Tucupita, 15 de Enero de 2008.
197° y 148°

Por recibida la anterior acta conciliatoria de Régimen de Visitas (Convivencia Familiar) emanada de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado, realizada entre los ciudadanos JESUS MANUEL CHALON COTUA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.858.899, domiciliado en el Barrio Los Chaguaramos, calle El Moriche, casa s/n, detrás del cementerio Viejo de la Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro e ISMENIA HIPOLITA RODRIGUEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº V-11.214.779, residenciada en el barrio las Malvinas, calle principal, casa s/n de esta Ciudad, habiendo conciliado ambas partes y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, de conformidad con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se establece un Régimen de Visitas en beneficio de los niños (SE OMITEN LOS NOMBRES), de 09 y 08 años de edad respectivamente……………………………………………………………
UNICO: La ciudadana ISMENIA HIPOLITA RODRIGUEZ HERNANDEZ, compartirá con sus hijos un fin de semana cada quince días desde las 06:00 de la tarde del día viernes hasta las 05:00 de la tarde del día domingo. En cuanto a las vacaciones escolares la madre se llevará a sus hijos los días 01 de Agosto y los entregará los días 23 de Agosto de cada año. Asimismo los niños pasarán la semana Santa con la madre y se alternará con el padre el próximo año con la semana de Carnaval. La madre se llevara a sus hijos el 30 de diciembre y los entregara el 03 de enero del año siguiente y se alternará con el padre para el próximo año en la semana del 24 de diciembre. Téngase el presente convenimiento como cosa Juzgada. Cúmplase.-
La Juez Suplente Especial,



Abog. MAYRA GARCÍA YÁNEZ Secretario,


Abg. DANNY MALAVE RAMOS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-


Srio,

MGY/lisbeth.-
Acta N° 0651-08-01.-