REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO

Tucupita, 21 de Febrero de 2008.-
197° y 148°



Vista la anterior diligencia presentada por la Ciudadana ELIZABETH LABRADOR MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.565.780, domiciliada en esta ciudad de Tucupita, debidamente asistida por el abogado en ejercicio CARLOS ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.582, revisado como ha sido el presente expediente y definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia de Divorcio 185-A, intentado por los Ciudadanos ELIZABETH LABRADOR MORA y NEXAN RAFAEL GASCON, EJECÚTESE. En consecuencia este Tribunal ACUERDA:…………….…………..…. PRIMERO: Librar oficio a las autoridades civiles competentes, a los fines de remitir copias debidamente certificadas de la misma para que estampen la nota correspondiente en los libros respectivos……………………………………………… SEGUNDO: Hacer entrega de dos (02) copias debidamente certificada de la sentencia por ante la Secretaria de este Tribunal.-

La Juez Suplente Especial,



Abog. MAYRA GARCÍA YÁNEZ
El Secretario,


Abog. DANNY MALAVE RAMOS

En la presente fecha se dio cumplimiento a lo acordado anteriormente. Conste.-




Secretario,





MGY/olimar.-
Exp. N° 5.917-07-01.-