REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE



Tucupita, 23 de Julio de 2008.
198º y 149º

Por recibido el anterior Reconocimiento voluntario emanado de la Defensoria Publica Primera para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, realizado por el ciudadano OMAR JOSE CEDEÑO LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.214.810, residenciado en la Urbanización la Fundación, calle 1, casa Nº 18 de la Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro y la aceptación de la ciudadana ELIZABETH MARIA GOMEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.488.587, residenciada en la calle Mariño, casa Nº 37 cerca de la portuguesita de la Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, en beneficio de la Niña (se omite el nombre), de 10 años de edad, Se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley. En virtud de los derechos a un nombre, a la identidad, a conocer a sus padres que tienen los niños y adolescentes, es por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Convención sobre los Derechos del Niño y el Artículo 217 del Código Civil Vigente, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte la Homologación al Reconocimiento Voluntario que como hija hace el ciudadano OMAR JOSE CEDEÑO LEON, plenamente identificado; a la Niña (se omite el nombre), quien usará su apellido y tendrá la misma condición que el hijo nacido o concebido bajo matrimonio con relación al padre y a los parientes consanguíneos de éste. En consecuencia, ofíciese al Registrador Civil del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, al Registrador Principal del Distrito Capital, a los fines de que estampe la nota de reconocimiento en la Partida de Nacimiento; inserta bajo el N° 743, página Nº 251, correspondiente al año 1998. Líbrese oficio.
La Juez Temporal,



Abg. VILMA TERESA MARTORELLI
El …







Secretario,



Abg. DANNY MALAVE RAMOS.


En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. CONSTE.-




Srio.,



VTM/lisbeth.
Acta Nº 0734-08-02