REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO
Tucupita, 17 de Junio de 2008.-
198° y 149°

En atención a la anterior solicitud, los recaudos acompañados, así como a las declaraciones de los testigos ciudadanos ROSA MARIA CORTEZ ESTRELLA y FILIBERTO CORTEZ ESTRELLA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N° V-16.215.560 y V-16.215.343, respectivamente y este domicilio; que por ser hábiles y contestes; se valora como plena prueba, este Tribunal sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el literal K del Parágrafo primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 11 y 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, BASTANTE Y SUFICIENTE, para asegurar los derechos hereditarios dejados por quienes en vida se llamaran y fueran LUÍS ISRAEL FIGUEROA y CARMEN ZULAY BERMÚDEZ DE FIGUEROA, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-3.045.068 y V-8.547.447; a favor de sus hijos el adolescente (se omite el nombre), de 17 años de edad y los ciudadanos MELVIS DEL VALLE, MARITZA DEL VALLE y LUÍS REINALDO FIGUEROA BERMÚDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros. V-9.863.299, V-11.210.976 y V-13.057.491respectivamente. Entréguese el original de las actuaciones a los solicitantes. Déjese copia debidamente certificada en el Archivo de este Tribunal y procédase a su protocolización. Así se Declara.-
La Juez Temporal,


Abog. VILMA TERESA MARTORELLI
El Secretario,


Abog. DANNY MALAVE RAMOS.
En la presente fecha se devuelven las presentes actuaciones constantes de ( ) los útiles. Cumpliéndose lo anteriormente acordado. Conste.-

Secretario,

Abog. DANNY MALAVE RAMOS
VTM/olimar.
T.U.H. Nº 0764-08-02.-