REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO Y NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
Tucupita, 28 de marzo de 2008
197º y 149º

ACTA
EXPEDIENTE: 0254-08
PARTE ACTORA: ENRIQUE JOSÉ MARTÍNEZ, JOSÉ RAMON MENDOZA, ALEXIS MARTÍNEZ, NOEL TORRES, SANDY ARCIA, YOANNY MARTÍNEZ, YONATHAN GONZÁLEZ, EUDES MEZA, VENDIMAY RIVERA, JOSÉ PINTO, NOLBERTO GONZÁLEZ, OSWALDO GONZÁLEZ, PEDRO SALAZAR E YSIDRO MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-18.073.754; 12.546.366; 13.057.605; 8.893.709; 14.703.168; 6.381.593; 19.402.570; 15.790.411; 20.854.772; 9.867.733; 14.487.717; 18.074.614; 11.775.299; Y 12.556.087 respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abog° IVAN RAMONES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.619.
PARTE DEMANDADA: EMPRESA ZARAMELLA & PAVAN CUNSTRUCTION COMPANY, S. A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Abog° YACARY JOSEFINA GUZMAN LOZADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.447.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, viernes, veintiocho (28) de marzo del año Dos Mil Ocho, siendo las 10:00 A.M., oportunidad legal fijada para celebrar la Audiencia Preliminar, en la presente causa. Realizado el anuncio por el Alguacil de esta Coordinación del Trabajo, a la hora indicada en el auto de admisión de la demanda, se deja constancia que se encontraba presente la representación de la parte demanda, la Abog° YACARY JOSEFINA GUZMAN LOZADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.447, mas no así la parte actora, ni por sí ni por Apoderado Judicial alguno en este procedimiento, por lo que de conformidad con el artículo 130 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio y Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO incoado por el ciudadanos ENRIQUE JOSÉ MARTÍNEZ, JOSÉ RAMON MENDOZA, ALEXIS MARTÍNEZ, NOEL TORRES, SANDY ARCIA, YOANNY MARTÍNEZ, YONATHAN GONZÁLEZ, EUDES MEZA, VENDIMAY RIVERA, JOSÉ PINTO, NOLBERTO GONZÁLEZ, OSWALDO GONZÁLEZ, PEDRO SALAZAR E YSIDRO MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-18.073.754; 12.546.366; 13.057.605; 8.893.709; 14.703.168; 6.381.593; 19.402.570; 15.790.411; 20.854.772; 9.867.733; 14.487.717; 18.074.614; 11.775.299; Y 12.556.087 respectivamente, contra la EMPRESA ZARAMELLA & PAVAN CUNSTRUCTION COMPANY, S. A, por concepto de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos. Publíquese y Regístrese en la Página Web del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio y Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, y se ordena por Secretaría Dejar Copia Certificada de la presente decisión, de conformidad con el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

LA JUEZA PROVISORIA,

Abg. FLORALBA HERRERA BELLO






PARTE DEMANDADA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA





LA SECRETARIA

Abg. MILAGROS MARCANO








Exp. 0254-08.
FHB/m.m.