REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO.
Expediente N° 8941-2008.
Competencia: Civil.
“VISTOS”
SOLICITANTE: ISABEL DEL CARMEN ALCALA, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, con domicilio en la Comunidad de Centro Poblado de Cocuina, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro.
ABOGADO ASISTENTE: SARITA LÁREZ RAVELO, Venezolano, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° 8.929548, Abogada en ejercicio, Inpreabogado N° 37.479, con domicilio en el Barrio Libertad N° 6, de la Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro.
MOTIVO: INSERCIÓN PARTIDA DE NACIMIENTO.
I
RELACION DE LA CAUSA
La ciudadana ISABEL DEL CARMEN ALCALA, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, con domicilio en la Comunidad de Centro Poblado de Cocuina, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, debidamente asistida por la Abogado en ejercicio SARITA LÁREZ RAVELO, Inpreabogado N° 37.479, por libelo de fecha de presentación 14-05-2008, ocurrió por ante este Tribunal y solicitó la INSERCION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, exponiendo: “…Nací en la Comunidad de El Zamuro, Municipio Tucupita, Jurisdicción del Estado Delta amacuro, en fecha 4 de Diciembre de 1978, hija de la ciudadana NERIS MARIA ALCALA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.215.907,… que por omisión involuntaria mi Partida de Nacimiento no aparece asentada en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante el Registro Civil del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, tal como se evidencia en la Certificación expedida por el Registro Civil del Municipio Tucupita, Capital del Estado Delta Amacuro, de fecha 14 de Mayo de 2008, correspondiente al año 1978, la cual anexa a la solicitud marcada letra “A”.-
Admitida la solicitud, emplazas las partes mediante cartel debidamente publicado, notificado el Fiscal Cuarto de Familia del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, tuvieron lugar los actos del juicio, compareciendo a los mismos, la parte demandante con la asistencia del Abogado SARITA LÁREZ RAVELO, no compareció ninguna otra persona interesada, el Tribunal dejó constancia de ello.
Abierto el juicio a pruebas la parte demandante solicitante, promovió las pruebas que consideró procedentes las cuales fueron admitidas y evacuadas en su oportunidad legal, haciendo valer el mérito favorables de autos.-
En la oportunidad para dictar sentencia el Tribunal lo hace mediante las siguientes consideraciones:
PRIMERO:
La presente acción intentada por la ciudadana ISABEL DEL CARMEN ALCALA, asistida por la Abogado en ejercicio SARITA LÁREZ RAVELO, Inpreabogado N° 37.479, tiene por objeto la INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, de la Ciudadana mencionada.-
SEGUNDO:
Consta de los autos que la parte solicitante promovió pruebas las cuales fueron admitidas y evacuadas en su oportunidad legal.
Para comprobar los hechos alegados la parte solicitante trajo a los autos constancia expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Tucupita, Capital del Estado Delta Amacuro, en la que hace constar que la partida de nacimiento de la ciudadana ISABEL DEL CARMEN ALCALA, no se encuentra asentada en los Libros de Registro Civil de Nacimientos. Comprobados los hechos que dieron origen a la presente acción, esta es procedente y ha de ser declarada CON LUGAR, de conformidad con los artículos 458 y 505 del Código Civil, en concordancia con los Artículos l2, 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil y así se decide:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR, la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, intentada por la ciudadana ISABEL DEL CARMEN ALCALA, asistida por la Abogado SARITA LÁREZ RAVELO, Inpreabogado N° 37.479, y en consecuencia, téngase a la mencionada ciudadana como nacida en la Comunidad de el Zamuro, Municipio Tucupita, Jurisdicción del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, en fecha Cuatro (04) de Diciembre de Mil Novecientos Setenta y Ocho (1.978).-
Conforme Artículo 460 del Código Civil, envíese Copia Certificada de esta Sentencia con su auto de Ejecución a la Primera Autoridad Civil del Municipio Tucupita, Capital del Estado Delta Amacuro, para que ordene la INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, de la ciudadana ISABEL DEL CARMEN ALCALA, en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Despacho durante el presente año, para que le sirva a la mencionada ciudadana como su partida de nacimiento.-
Publíquese, Regístrese, Déjese copia Certificada, en el archivo de este Tribunal.
Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho, del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En Tucupita, a los Treinta (30) días del mes de Octubre del año Dos Mil Ocho (2008). AÑOS: 198º de la Independencia y 149 de la Federación.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Dra. MARISOL DEL VALLE BAYEH BAYEH.
El Secretario.
Abg. LUIS ARGENIS MARCANO.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia siendo las 9:30 a.m. CONSTE.-
Secretario.-
MDVBB/LAM/lisena.
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