REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
SALA DE JUICIO
Tucupita, 15 de Octubre de 2008.
198º y 149º
Vista el anterior Convenimiento de Régimen de Visita, en el acto conciliatorio, realizado entre el ciudadano NELSON RAFAEL SARAGOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.053.083, residenciado en LA urbanización Delfín Mendoza, calle 07, casa Nº 79, de esta Ciudad de Tucupita del Estado Delta Amacuro, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio SARITA LAREZ RAVELO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 37.479 y la Ciudadana RITA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-22.716.056, residenciada en la Comunidad de Tabasca, calles la Delicias, casa s/n, del Municipio Libertador del Estado Monagas. Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, de conformidad con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se establece el Régimen de Custodia y Visitas en beneficio del niño (omitido de conformidad con lo establecido en el articulo 65 Lopna), de 06 meses de edad………………………………………………………………………….
PRIMERO: La Abuela Materna Ciudadana RITA MORENO, podrá llevarse a su nieto el niño (omitido), de seis (06) meses de edad, la última semana de cada mes durante cuatro días, es decir, lunes, martes, miércoles y jueves, teniendo la responsabilidad de venir a buscar al niño y traerlo al hogar donde reside con su padre el Ciudadano NELSON RAFAEL SARAGOZA RODRÍGUEZ, el día acordado…….…………………………………
SEGUNDO: Entréguese a los solicitantes copias debidamente certificadas del acta convenimiento, del auto de homologación y de la partida de nacimiento. Téngase el presente convenimiento como cosa Juzgada. Cúmplase.-
La Juez Temporal,
Abog. VILMA TERESA MARTORELLI
La Secretaria Temp.,
Abog. JESSICA MARTINEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
Secretaria Temp.,
Expediente Nº 6.122-08-02.-
VTM/olimar.-