REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelación del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro.
Tucupita, 26 de Septiembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-O-2008-000013
ASUNTO : YK01-X-2008-000021
PONENTE: Abg. DIOSNARDO ANTONIO FRONTADO VARGAS.
Corresponde a esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia múltiple en lo Civil, Mercantil, Protección de Niños y Adolescentes, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, de conformidad con el Articulo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 95 del Código Orgánico Procesal Penal, conocer y resolver sobre la INHIBICION planteada por el ciudadano Juez Único de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal Abogado, ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON, con fundamento en la causal prevista en el Articulo 86, numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal, por haber emitido con el mismo carácter, opinión de la causa con conocimiento de ella en el Asunto No YK01-2008-00021.
En fecha 24 de Septiembre de 2.008, se le dio entrada al cuaderno separado contentivo de la mencionada incidencia, correspondiéndole la ponencia al Juez Superior DIOSNARDO ANTONIO FRONTADO VARGAS, quien con tal carácter, suscribe la presente decisión.
Cumplidos como han sido los trámites procedí mentales de Ley, procede esta Corte de Apelaciones a decidir lo pertinente en los términos siguientes:
PLANTEAMIENTO DE LA INHIBICION
Se observa en las actas que el juez inhibido manifestó como motivos de la inhibición el haber emitido opinión en el presente asunto, es decir haber decretado Medidas Cautelares, Auto de Apertura, y por haber determinado la sustitución de la cocaína, y solicito el inicio de la investigación, estimando en consecuencia la existencia de una causal de investigación. Motivo por el cual se inhibe de conocer el presente recurso.
MOTIVACIONES PARA DECIDIR
Una vez analizados los motivos expuestos por el Juez ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON, para no conocer sobre el Recurso de Amparo interpuesto por el Abogado PEDRO JESUS MARQUEZ en contra del Abogado JOSE ALFREDO CONTRERAS BERMUDEZ, Fiscal Sexto Comisionado del Ministerio Publico en la causa No. YP01-2006-000773, esta Corte de Apelaciones considera que los argumentos expuestos por el Juez ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON, no le impiden conocer sobre el presente asunto, en virtud de que no tiene que conocer sobre el fondo del Expediente si no que se trata de un Recurso de Amparo incoado contra el Fiscal del Ministerio Publico, lo cual a criterio de este Cuerpo Colegiado el mencionado Operador de Justicia debe conocer sobre el Recurso de Amparo, por lo que la referida INHIBICION debe declararse sin lugar, como en efecto así se declara.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, salvaguardando el derecho fundamental de las partes a contar con un Juez Imparcial, consagrado en el Artículo 49.3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Artículo 8.1 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, en concordancia con el Artículo 1 y 104 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara: SIN LUGAR la INHIBICION propuesta por el ciudadano ABG. ALEXIS ENRIQUE DÍAZ LEÓN, en su condición de Juez Único de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el Amparo Constitucional signado bajo el N ° YP01-O-2008-00013.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Remítase el Cuaderno de Inhibición al Tribunal Inhibido. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Corte de Apelaciones con Competencia Múltiple del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en Tucupita a los Veintiséis (26) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Ocho (26-09-2008). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez Superior, Presidente de la Corte de Apelaciones
Abg. ARTURO GONZALEZ BARRIOS
El Juez Superior Ponente,
Abg. DIOSNARDO ANTONIO FRONTADO VARGAS
El Juez Superior
Abg. DOMINGO ANTONIO DURAN MORENO
Secretaria
Abg. MARIAMNYS MARQUEZ FIORE
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