REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL REGIMEN TRANSITORIO Y NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO.
Tucupita, 29 de Septiembre del 2008
197 ° Y 149 °
Vista y revisadas las actas que conforman la presente causa signada con el N° 0288-08 se observa al folio Cuarenta y Tres (43) Escrito de fecha 26 de Septiembre del 2008, mediante la cual la parte demandante ciudadana: NAYIBEL SUBERO, debidamente asistida por el ciudadano; JOSUE QUIJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°124.644, procedió a DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO intentado en el Juicio seguido por esta en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO DELTA AMACURO, asimismo solicito la homologación de dicho desistimiento, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial observa que tal solicitud no es contraria a derecho y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento interpuesta por la ciudadana: NAYIBEL SUBERO, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO DELTA AMACURO.

Regístrese, Publíquese y Déjese Copia Certificada de la presente decisión.


Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Régimen Procesal Transitorio Laboral y Nuevo Régimen Procesal Laboral De La Circunscripción Judicial Laboral Del Estado Delta Amacuro. En Tucupita, a los Veintinueve (29) días del Mes de Septiembre del año 2008. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. MARISELA GOMEZ ESTABA
EL SECRETARIO
ABOG. ASDRUBAL LUGO GARCIA
Exp. 0288-08
MGE.-