REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y
BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.

Expediente N° 9029-2009.
Competencia: Civil.
“VISTOS”
SOLICITANTE: JOHXIS ADRIANA BETANCOURT BLANCO, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 20.854.706, asistida por el Abogado en ejercicio ELVYS ARBELAEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.918.

MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

RELACION DE LA CAUSA
La ciudadana JOHXIS ADRIANA BETANCOURT BLANCO, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 20.854.706, asistida por el Abogado en ejercicio ELVYS ARBELAEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.918, compareció por ante este Tribunal y expuso: “Consta en la partida de nacimiento emitida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro…que aparezco con el Primer Nombre como JOHXIS. Ahora bien, en fecha 26 de Enero de 2009, cuando fui a retirar una partida de nacimiento de mi persona, aparece que mi Primer Nombre está escrito con la letra “Y” o sea YOHXIS en vez de JOHXIS …”, “…Pido de confomidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Civil, 773 del Código de Procedimiento Civil y previo los tramites de Ley, ordene a la Registradora Civil del Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro que rectifique la partida de nacimiento de mi persona, donde quedará asentada con mi primer nombre JOHXIS”.
Admitida la solicitud en fecha 18/02/2009, se ordenó la notificación del Fiscal 4to de Familia del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, lo que se cumplió, la parte demandante solicitante, consignó marcada “A” la Copia Certificada de la Partida de Nacimiento y fotocopias de la cédula de identidad de su persona.

UNICA

Probado como ha sido lo alegado de que existe un error material que es necesario corregir, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme artículo 769 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 501 del Código Civil, en armonía con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. DECLARA CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido de corregir el error cometido, se ordena asentar correctamente lo siguiente:
“ 1). El nombre correcto es “JOHXIS”.
Se ordena al Registrador Civil del Municipio Tucupita, del Estado Delta Amacuro, insertar en los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por ante ese Despacho durante el presente año, esta sentencia.
Expídase por secretaría copia certificada de esta sentencia y envíese a la autoridad antes mencionada, a los fines legales consiguientes. Líbrese oficio.-
Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En Tucupita, a los Tres (3) días del mes de Agosto del año Dos Mil Nueve. AÑOS: 199° de la Independencia y l50° de la Federación.-
La Juez Provisorio,

Dra. MARISOL DEL VALLE BAYEH BAYEH.
El Secretario,

Abg. LUIS ARGENIS MARCANO.
En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 8: 40 a.m. CONSTE.
Secretario.
MDVBB/LAM/roilena.