REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delata Amacuro. Sala de Juicio Nro. 01
Veintisiete de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: YP11-S-2009-000034
Vista la anterior Acta Convenimiento de Custodia emanada de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, entre el Ciudadano AGUSTIN CRISTO SELVIO ALCALA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V- 8.950.225 residenciado en Caucagua, vía Araguita, caserío casuque, Estado Miranda, y la Ciudadana OMAIRA DEL JESUS ROMERO MANRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-8.926.781, residenciada en la Urbanización la Paz, vereda 06, casa nro 06. Habiendo conciliado ambas partes, por no ser contrario al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, esta Sala de Juicio N° 01, del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia La custodia de la adolescente XXXXXXX y los niños (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de XXXX años de edad respectivamente, será ejercida por la madre de la adolescente y niños antes identificados, ciudadana OMAIRA DEL JESUS ROMERO MANRIQUEZ. Ello sin menoscabo de las atribuciones y el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos tal como lo establece el articulo 76 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y la Responsabilidad de Crianza establecida en los artículos 358 y 359 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
El anterior Convenimiento Homologado tiene Fuerza Ejecutiva. Cúmplase.-
El Juez Temporal,
Abog. DANNY ALEJANDRO MALAVE
La Secretaria,
Abog. MARIA SARABIA.
Hora de Emisión: 11:18 AM
Asistente que realizo la actuación: