REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro
Tucupita, 15 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : YJ01-S-2003-002701
ASUNTO : YJ01-S-2003-002701
Visto que el presente asunto signado con el N° YJ01-S-2003-002701, en el cual se decretó en fecha 29 de Junio del año dos mil cinco (2005) el sobreseimiento a favor del ciudadano YOEL ALBERTO CEDEÑO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.862.501, de Profesión u Oficio Inspector de La Policía del Estado Delta Amacuro, residencia en el barrio Delta Ven, vía Guasina, frente a la Iglesia Evangélica La Luz Del Mundo, casa S/N, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Personas, en perjuicio del adolescente Isaac José Freites Mendoza, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 2° en concordancia con lo señalado en el artículo 319, previa solicitud del Fiscal Quinto del Ministerio Público, y observando que fue ingresado sistemáticamente en fecha 29 de Septiembre del año 2004, por la Unidad de Recepción de Documentos de este Circuito Judicial Penal, solicitud signada con el N° YP01-S-2004-000948, relacionada con el mismo asunto, constantes de veinticuatro (24) folios útiles, es por lo que esta Juzgadora procede a dar por terminado el asunto llevado por este Tribunal signado con el N° YP01-S-2004-000948 y acumularlo al asunto principal signado con el N° YJ01-S-2003-002701, el cual consta de noventa (90) folios útiles, así mismo por cuanto consta en las actuaciones, que las partes fueron debidamente notificadas de la decisión de sobreseimiento, se ordena una vez transcurra el lapso de ley correspondiente, dar por terminado el presente asunto y remitirlo al archivo sede a los fines de ley correspondientes.
LA JUEZ SEGUNDA DE CONTROL
ABG. XIOMARA SOSA DIAZ LA SECRETARIA
ABG. ARCYBEL TOLEDO