REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro
Tucupita, 30 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2009-000121
ASUNTO : YP01-P-2009-000121
RESOLUCION No. 97.-
TRIBUNAL: PRIMERO DE CONTROL
JUEZ_ ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON
SECRETARIA: OLEIDA URQUIA
SOLICITUD DE VEHICULO:
Solicitante: ELEYDY DEL VALLE ZAMBRANO MORANTES.
FISCAL PRIMERO DEL MINISTERIO PUBLICO.
Vista la solicitud interpuesta la ciudadana: ELEYDY DEL VALLE ZAMBRANO MORANTES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. 14.115.440, mediante la cual requiere que le sea entregado el vehículo Marca Chrysler, Modelo neon, año 1998, Tipo Sedan, Color rojo, Clase Automóvil, Serial del Motor: 4 cil; Serial De Carrocería: 8Y3HS26C4W1819964, Placas: FAL83S, Uso: Particular, y siendo esta la oportunidad para decidir este Juzgador previamente observa.
El vehiculo solicitado, fue retenido por funcionarios de la DISIP del Estado Delta Amacuro en fecha 28 de agosto de 2008, al mando del funcionario RIVAS GABRIEL, quien dejó constancia que tres sujetos a bordo del referido vehiculo habían cometido un robo a un c9omerciante por el sector cocalito de esta ciudad.
Dichos funcionarios observaron el vehiculo por la calle principal del Barrio Los Cocos, dándole alcance aproximadamente a 25 metros antes de llegar al cruce del vertedero de basura, dándose a la fuga los tripulantes del mismo dejando el vehiculo abandonado en el lugar.
Por ante el Despacho del cuerpo policial antes referido compareció el ciudadano: SIERRA RIVAS JUAN JOSE, quien entre otras cosas interpuso denuncia común donde expreso que llegaron tres sujetos armados con pistolas llegaron a su negocio de confitería Dierca, ubicado en Cocalito y le tiraron al suelo junto con sus dos ayudantes y la cajera la sacaron de la caja y le retiraron hacia los estantes y gritaron que era un atraco. Que se llevaron el dinero de la venta de dos días y joyas. Que los sujetos huyeron en un vehiculo vinotinto neon.
Cursa experticia practicada por expertos adscritos al Departamento de Investigaciones de la Dirección de Transito Terrestre, suscrita por el funcionario YAXSON VELASQUEZ, quien concluye que el vehiculo antes referido presenta defectos que hacen dudar de su originalidad. Que aparece como propietaria la ciudadana MERCEDES ELENA SARABIA BASTARDO.
La solicitante: ELEYDY DEL VALLE ZAMBRANO MORANTES, afirma que el día 28 de agosto de 2008, fecha en que ocurre el presunto robo, su vehiculo lo había dejado aparcado y sujetos extraños se lo habían despojado. Sin embargo no denunció ante las autoridades competentes.
Y no es sino hasta el día 17 de diciembre de 2008, mucho tiempo después que esta ciudadana realiza los tramites correspondientes para acreditarse como propietaria del vehiculo en cuestión.
De la revisión del asunto principal se pudo evidenciar que aun faltan diligencias por practicar por parte de la Fiscalía Primera del Ministerio Público a los fines del total esclarecimiento de los hechos donde resultó como presunta victima el ciudadano: SIERRA RIVAS JUAN JOSE, En aquel asunto aun no se le ha tomado entrevista a la ciudadana: ELEYDY DEL VALLE ZAMBRANO MORANTES, a los fines de que informe respecto al vehiculo de su propiedad y a todas aquellas personas que puedan tener conocimiento de manera directa o indirecta del presunto hurto de la cual fue objeto por parte de desconocidos.
En consecuencia se declara sin lugar la solicitud interpuesta por la ciudadana: ELEYDY DEL VALLE ZAMBRANO MORANTES, de que le sea entregado el vehículo: Marca Chrysler, Modelo neon, año 1998, Tipo Sedan, Color rojo, Clase Automóvil, Serial del Motor: 4 cil; Serial De Carrocería: 8Y3HS26C4W1819964, Placas: FAL83S, Uso: Particular. Y así se declara.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud interpuesta por la ciudadana: ELEYDY DEL VALLE ZAMBRANO MORANTES, en consecuencia NIEGA la entrega del vehículo: Marca Chrysler, Modelo neon, año 1998, Tipo Sedan, Color rojo, Clase Automóvil, Serial del Motor: 4 cil; Serial De Carrocería: 8Y3HS26C4W1819964, Placas: FAL83S, Uso: Particular. Regístrese, diaricese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ
ABG. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON
LA SECRETARIA
ABG. OLEIDA URQUIA