REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Sala de Juicio Nro. 01
Tucupita, Cuatro (04) de marzo de dos mil nueve (2009).
198º y 150º
ASUNTO: YP11-S-2009-000072
Vista la anterior Acta Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar (Régimen de Visitas), emanada de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, entre el Ciudadano JOSE LUIS VELÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-17.053.132, residenciado en la Urb. Villa Bolivariana, calle principal al final; casa Nro 02, de esta ciudad y la Ciudadana LEILI LAURA RODRIGUEZ LENDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-16.700.507, residenciada Urb. Villa Bolivariana, calle principal al final; casa s/n, de esta ciudad. Habiendo conciliado ambas partes, por no ser contrario al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, esta Sala de Juicio N° 01, del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se establece el Régimen de Convivencia Familiar (Régimen Visitas) en beneficio de sus hijos, los niños(Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de XX, XX, XX años de edad respectivamente, en los siguientes términos:……………………………………
PRIMERO: El padre se llevará a sus hijos los días viernes, los buscara a las 12:00 del medio día y los entregara a las 04:00 de la tarde………………………
El anterior Convenimiento Homologado tiene Fuerza Ejecutiva. Cúmplase.-
El Juez Temporal.
Abog. Danny Malave Ramos.
La Secretaria Temp.,
Abog. Maria Sarabia
Hora de Emisión: 3:12 PM
YP11-S-2009-000072