REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro
Tucupita, 13 de Octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2007-001267
ASUNTO : YP01-P-2007-001267


RESOLUCION No. 482.-
JUEZ Abg. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON, juez de primera instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita
SECRETARIO: Abg. OLEIDA URQUIA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCAL: ABG Noel Rivas, Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro.
IMPUTADO: LUIS ALVARADO.
VÍCTIMA: NAVARRO BERRA KENIA CAROLINA, venezolano, de 22 años de edad, soltera, residenciada en la calle 03, de la Villa Bolivariana, Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad No. 17.055.512.
DELITO: No reviste carácter penal.


Vista la solicitud de Desestimación de Denuncia presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, por considerar que los hechos denunciados no revisten carácter penal, donde aparece como presunta víctima la ciudadana: NAVARRO BERRA KENIA CAROLINA, venezolano, de 22 años de edad, soltera, residenciada en la calle 03, de la Villa Bolivariana, Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad No. 17.055.512, este Tribunal antes de decidir previamente considera:

Luego del estudio y análisis de las actas que conforman la presente solicitud, se observa que los hechos narrados por la ciudadana: NAVARRO BERRA KENIA CAROLINA, venezolano, de 22 años de edad, soltera, residenciada en la calle 03, de la Villa Bolivariana, Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad No. 17.055.512; no revisten carácter penal, toda vez que la misma manifestó ante la Fiscalía Superior del Ministerio Público lo siguiente:

“….en mi vecino Luís Alvarado tiene un Perro (pitbul) amarrado en el frente de la casa y el día de ayer se soltó y agredió a otro perro, y no es la primera vez que pasa……”


Visto y analizado los hechos antes narrado se observa que el ciudadano LUIS ALVARADO, presuntamente tiene un perro en su casa, el cual a criterio de la ciudadana NAVARRO BERRA KENIA CAROLINA, venezolano, de 22 años de edad, soltera, residenciada en la calle 03, de la Villa Bolivariana, Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad No. 17.055.512, constituye un peligro por cuanto el mismo es agresivo, lo que efectivamente podría constituir un potencial peligro en contravención a ordenanzas municipales para la cría de estos canes, sin embargo desde el punto de vista del Derecho Penal, tal conducta desplegada por el ciudadano LUIS ALVARADO, no se adecua a un tipo penal.
El artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, establece entre otras cosas que El Ministerio Público, luego de la recepción de la denuncia, solicitará al juez de control, su desestimación, cuando el hecho no revista carácter penal.
En tal sentido estima este Juzgador que lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud Fiscal por ser procedente, ya que los hechos narrados no revisten carácter penal.
DISPOSITIVA

Por todas las razones antes expuesta, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA DESESTIMACION DE DENUNCIA interpuesta por la ciudadana: NAVARRO BERRA KENIA CAROLINA, venezolano, de 22 años de edad, soltera, residenciada en la calle 03, de la Villa Bolivariana, Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad No. 17.055.512, de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, diarícese la presente decisión.
EL JUEZ


ABOG. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON





LA SECRETARIA,

ABOG. OLEIDA URQUIA