REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, PEDERNALES, CASACOIMA Y ANTONIO DIAZ

En horas de Despacho del dîa de hoy, 08 de Diciembre de 2010, siendo las 09:30 a.m., previo traslado se constituyò este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios de este Estado Delta Amacuro, en la Vìa principal de Paloma, Tucupita-El cierre, sector La Frontera, en un inmueble (galpòn), jurisdicción del Municipio Tucupita, a fin de practicar Medida Preventiva de Embargo sobre bienes propiedad del demandado, ciudadano Jean Carlos Cartagena, plenamente identificado en autos, con motivo del juicio de intimación seguido por la Abogada Dunia Elismar Castillo, en su condiciòn de Endosataria en Procuración del ciudadano Vìctor Bitar Naim. Presente en este acto la parte demandante Abogada en ejercicio Dunia Elismar Castillo, inscrito en el IPSA bajo el 92.720; igualmente presente el ciudadano Alamo Chauran, titular de la Cèdula de Identidad Nro. 17.750.569, en su condiciòn de Consejero Principal de Protecciòn del Niño Niña y Adolescente del Municipio Tucupita. Acto seguido este Tribunal, procede a tocar el portòn que da acceso al inmueble donde se encuentra constituìdo, sin lograr ser atendido por persona alguna. Posteriormente se continùa revisando los alrededores del galpòn pudiendo observar que se encuentra totalmente cerrado. Vista las circunstancias y presente como se encuentra en este acto, la parte demandante solicita se suspenda la pràctica de la medida. En este estado, este Juzgado por no ser contrario a derecho, suspende en este acto la pràctica de la Medida Preventiva de Embargo, ordenada por el Tribunal de la Causa, hasta un nuevo pedimento. No habiendo mas diligencias que practicar, siendo las 9: 55 a.m. ordena su regreso a su sede habitual. Es todo, terminò, se leyò y conformes firman.




Dr.PEDRO RAUSEO ZAPATA ALAMO CHAURAN
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL CONSEJERO PRINCIPAL
DE PROTECCION DEL NIÑO
NIÑA Y ADOLESCENTE



PARTE DEMANDANTE T.S.U. JOHN SALAZAR
ABOG. DUNIA CASTILLO




LA SECRETARIA
ABOG. YESMARY LINARES