REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro
Tucupita, 19 de Enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2009-001075
ASUNTO: YP01-P-2009-001075
RESOLUCION
IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL
JUEZA: Abg. WILMA HERNANDEZ MORILLO, Jueza de Primera Instancia Penal en función de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita.
SECRETARIO: Abg. ANDERSON GOMEZ
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
IMPUTADOS: Denny José Cribilla López, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.083.296, de 25 años de edad, nacido en fecha 05-08-1985, de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle Brion casa S/N, estado Monagas; y Josmel Rafael González Pérez, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.084.662, de 23 años de edad, nacido en fecha 27-03-1988 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle San Rafael, Estado Monagas; Luís Eduardo Torres, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.262.173, de 23 años de edad, nacido en fecha 01-09-1988 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle San Rafael, Estado Monagas, Jesús Manuel Morales Perez, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-18.659.421, de 18 años de edad, nacido en fecha 20-03-1991 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle Brion casa S/N, estado Monagas.
VICTIMA: El Estado Venezolano:
DELITO: Recolección de Ejemplares de la Fauna Silvestres, previsto y sancionado en el Articulo 59 de la Ley Penal del ambiente.
FISCAL: Abg. DAVID AUMAITRE, Fiscal Tercero del Ministerio (C).
DEFENSA: Abg. EMETERO RANGEL QUINTERO, Defensor Privado Penal con jurisdicción en este estado este Estado.
Por cuanto este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control No 03 de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, se constituyo a fin de realizar Audiencia de Presentación de los ciudadanos: DENNNY JOSÉ CRIBILLA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.083.296, JOSMEL RAFAEL GONZÁLEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.084.662, LUÍS EDUARDO TORRES, titular de la cédula de identidad N° V-21.262.173, JESÚS MANUEL MORALES PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.659.421, por la presunta comisión del delito de Recolección de Ejemplares de la Fauna Silvestres, previsto y sancionado en el Articulo 59 de la Ley Penal del ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano; de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal fundamenta la Medida de Cautelar sustitutiva a la privativa de libertad Preventiva de conformidad con el artículo 256 del cocido orgánico procesal penal decretadas en la presente audiencia. El imputado fue debidamente asistido por la Abg. EMETERIO RANGEL QUINTERO, previa designación y juramentación, defensor Público Penal adscrito a la Unidad de Defensa de este Estado dando fiel cumpliendo a lo establecido en el articulo 125 de la ley adjetiva procesal en concordancia con el articulo 49 ordinales 1°, 2°, y 3° de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
ENUNCIACION DE LOS HECHOS QUE SE LE ATRIBUYEN
La representación Fiscal Tercero del Ministerio Público, Abg. DAVID AUMAITRE, le atribuyo a los ciudadanos. DENNNY JOSÉ CRIBILLA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.083.296, JOSMEL RAFAEL GONZÁLEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.084.662, LUÍS EDUARDO TORRES, titular de la cédula de identidad N° V-21.262.173, JESÚS MANUEL MORALES PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.659.421, la presunta comisión del delito de Recolección de Ejemplares de la Fauna Silvestres, previsto y sancionado en el Articulo 59 de la Ley Penal del ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano.
Quien expuso: “Esta Representación Fiscal de conformidad con lo establecido en los artículos 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 108 del Código Orgánico Procesal Penal; articulo 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, pone a la orden de este Tribunal Tercero de Control a el ciudadanos: DENNNY JOSÉ CRIBILLA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.083.296, JOSMEL RAFAEL GONZÁLEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.084.662, LUÍS EDUARDO TORRES, titular de la cédula de identidad N° V-21.262.173, JESÚS MANUEL MORALES PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.659.421, por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de Recolección de Ejemplares de la Fauna Silvestres, previsto y sancionado en el Articulo 59 de la Ley Penal del ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano.
Seguidamente se procedió a verificar la presencia de las partes estando presentes el Abg. David Aumaitre Fiscal Tercero Comisionado del Ministerio Público; el Abg. Emeterio Rangel Quintero, Defensor Público Segundo Penal y los imputados Dennys José Cribilla López, Josmel Rafael González Pérez, Luís Eduardo Torres, y Jesús Manuel Morales Pérez, previo traslado del Reten Policial de Guasina de esta Ciudad, lugar de sus reclusiones. Es todo. Acto seguido el ciudadano Juez, le otorgó el derecho de palabra al representante del Ministerio Público, quien expuso. “En mi carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Publico, sobre la base de las atribuciones que me confieren los artículos 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Publico y 108 y 284 del Código Orgánico Procesal Penal, ocurro muy respetuosamente ante su competente autoridad con la finalidad de poner a la orden de este Tribunal Tercero de Control a los ciudadanos: Dennny José Cribilla López, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.083.296, de 25 años de edad, nacido en fecha 05-08-1985, de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle Brion casa S/N, estado Monagas; y Josmel Rafael González Pérez, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.084.662, de 23 años de edad, nacido en fecha 27-03-1988 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle San Rafael, Estado Monagas; Luís Eduardo Torres, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.262.173, de 23 años de edad, nacido en fecha 01-09-1988 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle San Rafael, Estado Monagas, Jesús Manuel Morales Perez, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-18.659.421, de 18 años de edad, nacido en fecha 20-03-1991 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle Brion casa S/N, estado Monagas, quienes fueron aprehendidos por funcionarios pertenecientes al Destacamento fluvial 911 de la Guardia Nacional, en fecha once (11) de Diciembre del Dos Mil Nueve (2009), siendo aproximadamente las once horas de la mañana (11.00 am), quienes se encontraban en labores de patrullajes por el sector denominado Boca de Araguaito y avistaron una embarcación con dirección hacia el muelle de Volcán, se les hizo señales con la linterna a los fines de que se amadrinara, se les informo que serían objeto de una inspección de conformidad al articulo 207 del Código Orgánico Procesal Penal, encontrándose cuatro baba y un chiguire oculto en la proa, ahora bien ciudadano Juez, por cuanto se desprende de las actas policiales y de retención que estamos en presencia de varios delitos, se precalifican los hechos como Recolección de Ejemplares de la Fauna Silvestres, previsto y sancionado en el Articulo 59 de la Ley Penal del ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano, razón por la cual esta Representación Fiscal solicita a su digno tribunal: PRIMERO: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículos 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se consigna Acta Policial, Acta de Investigación Penal, Acta criminalistica, Acta de lectura de los derechos de los imputados. TERCERO: Que sea acordada la tramitación de la presente causa por el Procedimiento Ordinario, de conformidad a lo establecido en el articulo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal y solicito copias del acta de presentación. Es todo”.
Dando cumplimiento a la normativa legal la juez impone a los investigados del Precepto contenido en el artículo 49 numerales 3 y 5 de la Carta Magna, el cual expresamente señala que están eximidos de declarar en su contra y que en caso de consentir a declarar lo hará sin juramento, y del derecho de ser oído ante un Tribunal competente de la república en el lapso establecido en la Ley, así como se le explica de manera clara y sencilla de la imputación que realizara el Ministerio Público a sus persona, tal y como lo señala el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal. Acto seguido, el Ciudadano Juez, solicita al Secretario de Sala Identificar a los Imputados de conformidad con los Artículos 126 y 127 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando estos identificados de la siguiente manera:
Dennny José Cribilla López, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.083.296, de 25 años de edad, nacido en fecha 05-08-1985, de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle Brion casa S/N, estado Monagas; quien libre de apremio y coacción manifestó su deseo de acogerse al precepto constitucional y Josmel Rafael González Pérez, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.084.662, de 23 años de edad, nacido en fecha 27-03-1988 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle San Rafael, Estado Monagas; quien libre de apremio y coacción manifestó su deseo de acogerse al precepto constitucional; Luís Eduardo Torres, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.262.173, de 23 años de edad, nacido en fecha 01-09-1988 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle San Rafael, Estado Monagas, quien libre de apremio y coacción manifestó su deseo de acogerse al precepto constitucional;
Jesús Manuel Morales Perez, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-18.659.421, de 18 años de edad, nacido en fecha 20-03-1991 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle Brion casa S/N, estado Monagas, quien libre de apremio y coacción manifestó su deseo de acogerse al precepto constitucional.
Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Abg. EMETERIO RANGEL QUINTERO, Defensor Público Segundo Penal quien expone: Esta defensa se adhiere a la solicitud del Ministerio Público en cuanto se le acuerde Medida Cautelar sustitutiva de Libertad a mi defendido de conformidad al artículo 256 ordinal 3°, consistente en presentaciones periódicas.
DE LOS MOTIVOS PARA DECIDIR Y DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.
El Tribunal observa que a los ciudadanos: DENNNY JOSÉ CRIBILLA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.083.296, JOSMEL RAFAEL GONZÁLEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.084.662, LUÍS EDUARDO TORRES, titular de la cédula de identidad N° V-21.262.173, JESÚS MANUEL MORALES PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.659.421, el Ministerio Publico le imputo la presunta comisión del delito de Recolección de Ejemplares de la Fauna Silvestres, previsto y sancionado en el Articulo 59 de la Ley Penal del ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano. . Esta juzgadora observa, que el artículo 19 del Código Orgánico Procesal Penal establece que a los Jueces de la República les corresponderá velar por la incolumidad de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debiendo atender siempre a la norma constitucional por encima de cualquier otra ley, así tenemos que el artículo 44 ordinal 1 de la Carta Magna, dispone que la libertad personal es inviolable…
“Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti… Será juzgada en libertad excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso…” (Subrayado y negrillas del Tribunal)
En tal sentido resulta claro, que el legislador prevé como una garantía de rango constitucional la libertad personal, la cual es inviolable, a excepción de los dos supuestos que establece el mismo artículo, igualmente este Tribunal observa que así como la Libertad Personal es inviolable no es menos cierto que la presunción de inocencia también es de rango Constitucional y constituye un derecho fundamental y así lo establece el artículo 49 0rdinal 2° de nuestra Carta Magna el cual dice:”… Toda persona se presume inocente mientras no se demuestre lo contrario…” y el artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: ”Cualquiera a quien se le impute la comisión de un hecho punible tiene derecho a que se le presuma inocente, y a que se le trate como tal, mientras no se establezca su culpabilidad mediante sentencia firme..”, revisa las actas policiales insertos el presente asunto, en donde se evidencia que nos encontramos en presencia de un hecho punible de acción pública cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita y que merece pena Privativa de Libertad fiscal, por lo que lo procedente y ajustado a derecho , es necesario que el Ministerio Público realice unas actuaciones que le permitan demostrar la precalificación formulada en esta Audiencia y la responsabilidad que haya lugar, Se acuerda que la presente causa se ventile por el Procedimiento ordinario, según el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Decreta en contra de los imputados Dennny José Cribilla López, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.083.296, de 25 años de edad, nacido en fecha 05-08-1985, de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle Brion casa S/N, estado Monagas; y Josmel Rafael González Pérez, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.084.662, de 23 años de edad, nacido en fecha 27-03-1988 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle San Rafael, Estado Monagas; Luís Eduardo Torres, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.262.173, de 23 años de edad, nacido en fecha 01-09-1988 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle San Rafael, Estado Monagas, Jesús Manuel Morales Perez, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-18.659.421, de 18 años de edad, nacido en fecha 20-03-1991 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle Brion casa S/N, estado Monagas. quienes están incurso presuntamente en la comisión del delito Recolección de Ejemplares de la Fauna Silvestres, previsto y sancionado en el Articulo 59 de la Ley Penal del ambiente, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad al articulo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal es decir presentación periódicas cada quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo. Librase boleta de excarcelación Notifíquese al Comandante del Cuerpo de Seguridad Pública del Estado. Se ordena remitir las presentes actuaciones a la fiscalia Tercera del Ministerio Publico. ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Por cuanto es necesario que el Ministerio Público realice unas actuaciones que le permitan demostrar la precalificación formulada en esta Audiencia y la responsabilidad que haya lugar, Se acuerda que la presente causa se ventile por el Procedimiento ordinario, según el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta en contra de los imputados Dennny José Cribilla López, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.083.296, de 25 años de edad, nacido en fecha 05-08-1985, de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle Brion casa S/N, estado Monagas; y Josmel Rafael González Pérez, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.084.662, de 23 años de edad, nacido en fecha 27-03-1988 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle San Rafael, Estado Monagas; Luís Eduardo Torres, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-21.262.173, de 23 años de edad, nacido en fecha 01-09-1988 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle San Rafael, Estado Monagas, Jesús Manuel Morales Perez, venezolano, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V-18.659.421, de 18 años de edad, nacido en fecha 20-03-1991 de estado civil soltero, residenciado en Barrancas del Orinoco, calle Brion casa S/N, estado Monagas. quienes están incurso presuntamente en la comisión del delito Recolección de Ejemplares de la Fauna Silvestres, previsto y sancionado en el Articulo 59 de la Ley Penal del ambiente, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad al articulo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal es decir presentación periódicas cada quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo. TERCERO: Librase boleta de excarcelación Notifíquese al Comandante del Cuerpo de Seguridad Pública del Estado. Se ordena remitir las presentes actuaciones a la fiscalia Tercera del Ministerio Publico. ASI SE DECLARA.
Regístrese, notifíquese a caca una de las partes, lábrese oficio al comandante de la policía del Estado, Déjese copia certificada al copiador de sentencia. Dada firmada y sellada en el Tribunal de Primero de Primera Instancia en función de control N°3 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro. (19 -01-2010). Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación. CUMPLASE.
LA JUEZA EN FUNCION DE CONTROL Nº 3
Abg. WILMA HERNANDEZ MORILLO
El SECRETARIA
Abg. ANDERSON GOMEZ