REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro
Tucupita, 8 de Marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2009-001063
ASUNTO : YP01-P-2009-001063
RESOLUCION
IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL
JUEZ: ABG. WILMA HERNANDEZ MNORILLO, Juez Tercera De Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita.
SECRETARIO: ABG. ANDERSON GOMEZ
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
QUERELLANTE: MAISON NASSER DE NASSER, venezolana mayor de edad de 26 años residenciada en la residencia HILMAN de la avenida Táchira de ciudad Bolívar Estado Bolívar, con cedula de identidad personal N° 19.078.763, teléfonos: 0416-7856954, 0414-8936601.
QUERELLADO: MANSSOUR NASSER, quien es de nacionalidad Árabe Siria y portador de la cedula de identidad N° 82.282.068 domiciliado en la calle Mariño N° 15 estado delta amacuro.
MOTIVO: QUERELLA
FISCAL: abg. NOEL RIVAS ACOSTA
DEFENSA; LILINA NÚÑEZ DE OVIEDO, cedula de identidad personal N° 8.882.916. IPSA N° 32.537.
Visto y revisado el escrito presentado por el abogado: PEDRO OVIEDO, en su condición de Coapoderado Judicial de la Ciudadana: MAISON NASSER, mediante el cual consigna en tres (03) folios útil, convenio extrajudicial, firmado en los TRIBUNALES SIRIOS Y VENEZOLANOS, entre los ciudadanos: MANSSOUR NASSER Y MAISON NASSER, a los fines de ser homologados en el presente asunto, por lo que solicita la DESESTIMACIÓN DE LA ACCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO; en tal sentido solicita copias certificadas de esta diligencia y del auto que la provea. En tal sentido este Tribunal Tercero de Control a fin de garantizar el Debido Proceso y la Tutela Jurídica Efectiva y los fines del proceso como es la realización de la Justicia de conformidad a lo establecido en el articulo 26, 49 y 257 de la Constitución de la republica bolivariana de Venezuela y en cumplimiento de los principios fundamentales del proceso penal 14, 16, 18, 19, de la ley adjetiva procesal penal, acuera fijar una audiencia especial para el día 11- de marzo del 2010 a las 10:00 AM. Por consiguiente se ordena solicitar el presente asunto: YP01-P-2009-001063, y asunto: YP01-P-2009-001064, a la fiscalia Primera del Ministerio Publico con carácter de extrema urgencia por cuanto los mismo tiene relación y curso por ante este tribunal . Notifíquese a cada una de las partes. Prosígase el curso de ley.
LA JUEZA
ABG. WILMA HERNANDEZ MORILLO
EL SECRETARIO
ABG. ANDERSON GOMEZ